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Decreto 204 de 2005

Decreto 204 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
204
Año
2005
Fecha
29 de junio de 2005
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO 204 DE 2005 (Junio 29) "Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2005 con cargo al Fondo de Compensación Distrital" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2º. del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente - DAMA, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Servicios Personales en el rubro "Honorarios Entidad", para atender el 50% del pago del posible dictamen pericial que fijará el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, del proceso relacionado con la demanda presentada por el concesionario LYONNAISE DES EAUX Y DEGREMONT S.A., por la liquidación y reversión del Contrato de Concesión 015 de 1.994. Así mismo, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Gastos Generales en los rubros "Impresos y Publicaciones" e "Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas" para atender entre otros, los gastos de protocolización, registro y de fotocopiado que requiera dicho proceso.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.

Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2005, la suma de Ciento Veintiocho Millones Ochocientos Diez Mil Pesos ($128.810.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS | 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA | | 128.810.000 ---|---|---|--- 02 | DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO | | 3 | GASTOS | | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | | 3.1.3 | TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO | | 3.1.3.02 | OTRAS TRANSFERENCIAS | | 3.1.3.02.01 | Fondo de Compensación Distrital | 128.810.000 | | SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS | | _128.810.000_

CRÉDITOS 126 | DEPARTAMENTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO DEL MEDIO AMBIENTE - DAMA | | 128.810.000 ---|---|---|--- 3 | GASTOS | | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | | 3.1.1 | ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS | | 3.1.1.01 | SERVICIOS PERSONALES | | 3.1.1.01.09 | Honorarios | | 3.1.1.01.09.01 | Honorarios Entidad | 100.000.000 | 3.1.1.02 | GASTOS GENERALES | | 3.1.1.02.06 | Impresos y Publicaciones | 500.000 | 3.1.1.02.17 | Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas | 28.310.000 | | SUMAN LOS CRÉDITOS | | _128.810.000_

Artículo 2º.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE El Alcalde Mayor de Bogotá D.C., LUIS EDUARDO GARZÓN El Secretario de Hacienda, PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO **

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