Decreto 130 de 2005
Decreto 130 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 130
- Año
- 2005
- Fecha
- 25 de abril de 2005
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**DECRETO 130 DE 2005 (Abril 25) «Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2005 con cargo al Fondo de Compensación Distrital». EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL, en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, «Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital», establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.
Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2o., dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2o. del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones prsupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.
Que la Secretaría General, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento Servicios Personales, en los rubros «Honorarios Entidad» para contratar profesionales, que atenderán funciones del Archivo de Bogotá y para cubrir algunos gastos por concepto de representación judicial en los procesos que se adelantan contra el D.C. desde 1988 y en «Remuneración Servicios Técnicos», para contratar personal necesario en la atención de la ciudadanía para la puesta en funcionamiento de los SUPERCADES de las Américas y de Suba y de personal técnico para el desarrollo de las actividades del Archivo de Bogotá. Adicionalmente la Secretaría General, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento Gastos Generales, en los rubros «Viáticos y Gastos de Viaje», «Impresos y Publicaciones», «Materiales y Suministros», «CADE» e «Información», para atender gastos de transporte, manutención y alojamiento de los funcionarios comisionados al interior y exterior; para la adquisición de material didáctico, libros de consulta, revistas, suscripciones, cartilla y videos; para la adquisición de elementos necesarios para el tratamiento y conservación de los documentos del Archivo de Bogotá; para el mantenimiento de 4 CADES, la ampliación de las pólizas de seguro, para garantizar los servicios de vigilancia y aseo en los nuevos CADES y para atender la mayor demanda de servicio por parte de la ciudadanía de la Línea 195.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1o.
- Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2005, la suma de Tres Mil Ciento Setenta y Siete Millones Doscientos Cuarenta y Nueve Mil Quinientos Treinta y Dos Pesos ($3.177.249.532) Moneda Corriente, según el siguiente detalle: | CONTRACRÉDITOS --- 111 | SECRETARÍA DE HACIENDA | 3.177.249.532 02 | DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO | 3 | GASTOS | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 3.1.3 | TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO | 3.1.3.02 | OTRAS TRANSFERENCIAS | 3.1.3.02.01 | Fondo de Compensación Distrital | 3.177.249.532 | SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS | _3.177.249.532_ CRÉDITOS 104 | SECRETARÍA GENERAL | 3 | GASTOS | 3.177.249.532 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 3.1.1 | ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS | 3.1.1.01 | SERVICIOS PERSONALES | 3.1.1.01.09 | Honorarios | 3.1.1.01.09.01 | Honorarios Entidad | 370.000.000 3.1.1.01.10 | Remuneración Servicios Técnicos | 900.000.000 3.1.1.02 | GASTOS GENERALES | 3.1.1.02.04 | Víáticos y Gastos de Viaje | 80.000.000 3.1.1.02.06 | Impresos y Publicaciones | 26.000.000 3.1.1.02.10 | Materiales y Suministros | 336.000.000 3.1.1.02.20 | Programas y Convenios Institucionales | 3.1.1.02.20.02 | CADE | 353.521.871 3.1.1.02.24 | Información | 1.111.727.661 | SUMAN LOS CRÉDITOS | _3.177.249.532_ **
Artículo 2o.
-
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días del mes de abril de dos mil cinco (2005).
LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO Secretario de Hacienda NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3313 de abril 25 de 2005.
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