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Decreto 106 de 2005

Decreto 106 de 2005 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
106
Año
2005
Fecha
12 de abril de 2005
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 106 DE 2005 (Abril 12) [Derogado por el art. 4, Decreto Distrital 55 de 2006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19491#4) "Por el cual se fija el incremento salarial para los empleados públicos de la Veeduría Distrital de Bogotá" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Gobierno Distrital fijar los emolumentos de los empleados del Nivel Central de la Administración Distrital, con sujeción al límite máximo salarial que fije el Gobierno Nacional en desarrollo de la competencia que le fue asignada en el parágrafo del artículo 12 de la Ley 4ª de 1992, tal como lo ha reconocido la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en concepto radicado bajo el número 1220 de fecha 11 de noviembre de 1999.

Que la Corte Constitucional, mediante sentencia C-1017 de 2003, estableció los parámetros a ser tenidos en cuenta para la fijación del incremento salarial de los servidores públicos.

Que el porcentaje de variación del índice de precios al consumidor (I.P.C.) total nacional, certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) para el año 2004, es de 5.5 %.

Que mediante el Decreto Distrital 137 del 29 de abril de 2004, se creó el Comité Distrital de Diálogo y Concertación Laboral, el cual participó en las sesiones de concertación cuyos resultados a la luz de las disposiciones Constitucionales, legales y jurisprudenciales, se plasman en el presente decreto.

Que de conformidad con los argumentos anteriormente expuestos el Gobierno Distrital aplicará para la Veeduría Distrital de Bogotá, los parámetros definidos en los pronunciamientos de la Corte Constitucional para el ajuste salarial de los servidores públicos, el cual se realizará dentro de los límites máximos salariales fijados por el Gobierno Nacional para los servidores públicos de las entidades territoriales, que se encuentran señalados en el Decreto No. 941 de 2005.

Que mediante el Acuerdo 132 del 17 de diciembre de 2004, el Concejo Distrital aprobó el Presupuesto Anual de la presente vigencia fiscal, para garantizar la apropiación suficiente con la cual la Administración Distrital cubra el pago de las sumas derivadas de la aplicación del presente Decreto. En mérito de lo expuesto,**

DECRETA:

Artículo primero.

Incrementar los emolumentos percibidos para el año 2005, de los empleados públicos de la Veeduría Distrital de Bogotá, así: | NIVEL JERÁRQUICO | GRADO SALARIAL | PORCENTAJE ---|---|--- DIRECTIVO | 01 al 03 | 4,20% ASESOR | 01 al 03 | 5,42% EJECUTIVO | 01 | 5,12% PROFESIONAL | 01 | 6,04% | 02 | 5,42% TÉCNICO | 01 | 6,65% | 02 | 5,508% ADMINISTRATIVO | 01 | 5,502% | 02 | 5,501% | 03 | 5,500% OPERATIVO | 01 y 02 | 6,95%

Artículo segundo.

Si al aplicar el porcentaje de que trata el artículo precedente, resultaren centavos, se aproximarán al peso siguiente.

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el Decreto No. [150](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13369#0) de 2004 y en lo pertinente el Decreto No. [451](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15621#3) de 2004 y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2005.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

.

Dado en Bogotá D.C., a los 12 días del mes de abril de 2005.

LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor ENRIQUE BORDA VILLEGAS Secretario General PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO Secretario de Hacienda MARIELLA BARRAGÁN BELTRÁN Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital **

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