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Acuerdo 001 de 2005

Acuerdo 1 de 2005 Empresa de Renovación Urbana - ERU

Tipo
Acuerdo
Número
001
Año
2005
Fecha
21 de junio de 2005
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**ACUERDO 001 DE 2005 (Junio 21) "Por el cual se fija el incremento salarial para los empleados públicos y los trabajadores oficiales de la Empresa de Renovación Urbana, Empresa Industrial y Comercial del Distrito Capital" LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA DE BOGOTA D.C. - ERU en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial la consagrada en el artículo 25 del Decreto 1138 de diciembre 29 de 2000, y

CONSIDERANDO:

La H. Corte Constitucional mediante Sentencia C-1017 del 2003 estableció los parámetros para la fijación del incremento salarial de los servidores públicos La Ley 4ª de 1992 estableció, entre otros apartes, la facultad del Gobierno Nacional de establecer los limites máximos de incrementos saláriales para los empleados públicos de las Entidades Territoriales La Circula Nº 004 del 2005 del Consejo Distrital de Política Económica y Social -CONFIS- Determinó "que el Incremento salarial de las entidades descentralizadas del orden distrital será adoptado por la Juntas Directivas y tendrá como limite máximo el aprobado para la administración central". A su vez la administración central mediante Decreto 103 del 12 de Abril del 2005 fijó el incremento salarial de los empleados públicos de la administración El Consejo Distrital de Política Económica y Social CONFIS el 26 de Enero del 2005, impartió las directrices para determinar el incremento salarial de los servidores públicos del distrito, mediante circular 004 del 2005 y señalo entre otros aspectos lo siguiente: _"Las juntas directivas de los establecimientos públicos y Empresas Distritales deberán aplicar a sus empleados públicos los mismos porcentajes de incremento que se fijen para los empleados públicos de la administración central..."_ Que mediante Resolución Nº 082 de 2004, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal, "CONFIS", aprobó el Presupuesto de Ingresos, Gastos e Inversión de la presente vigencia fiscal, para garantizar la apropiación suficiente con la cual la Empresa de Renovación Urbana cubra el pago de las sumas derivadas de la aplicación del presente Acuerdo.

RESUELVE:

Artículo primero.

- Incrementar los emolumentos percibidos para el año 2005, por los empleados públicos y trabajadores oficiales de la Empresa de Renovación Urbana así: Empleados Públicos | Grado Salarial | Nivel Directivo | Nivel Asesor | Nivel Profesional | Nivel Administrativo | Nivel Operativo ---|---|---|---|---|--- 01 | 3.292.148 | 2.120.800 | 1.914.120 | 697.190 | 482.670 02 | 3.607.508 | 2.332.880 | 2.226.840 | 855.600 | 525.574 03 | 4.130.026 | 2.643.250 | 2.537.520 | 1.016.025 | 568.478 04 | 4.451.216 | 2.846.340 | 2.846.340 | 1.409.127 | 611.382 05 | 5.763.814 | 3.162.600 | 3.162.600 | | 665.012 **

Trabajadores Oficiales DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | ASIGNACIÓN BASICA 2004 | PORCENTAJE DE INCREMENTO | ASIGNACIÓN BASICA 2005 ---|---|---|--- Profesional Especializado I | 2.800.000 | 5,42% | 2.951.760 Profesional Universitario II | 2.100.000 | 6.04% | 2.226.840 Profesional Universitario I | 1.800.000 | 6.34% | 1.914.120 Tecnólogo | 900.000 | 6.95% | 962.550 Secretario | 770.000 | 6.95% | 823.515

Artículo segundo.

-

El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2005.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá, D.C. a los veintiún (21) días del mes de junio de dos mil cinco (220 EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3383 de agosto 19 de 2005.

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