Decreto 2488 de 2006
Decreto 2488 de 2006 Nivel Nacional
- Tipo
- Decreto
- Número
- 2488
- Año
- 2006
- Fecha
- 25 de julio de 2006
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 2488 DE 2006 (julio 25) [Modificado por el art. 22, Decreto Nacional 600 de 2007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23174#22) por el cual se modifica el Decreto[372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18999#0)de 2006 y se dictan disposiciones en materia salarial EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. Adiciónase la escala salarial del nivel directivo establecida en el Decreto 372 de 2006, así: | Grado salarial | Asignación básica ---|--- 26 | 6.704.632 27 | 7.037.040 28 | 7.429.127 **
Artículo 2°.
Modifíquese la escala salarial del nivel profesional establecida en el Decreto 372 de 2006, la cual quedará así: Grado salarial | Asignación básica ---|--- 01 | 1.001.490 02 | 1.107.020 03 | 1.156.972 04 | 1.218.270 05 | 1.288.696 06 | 1.333.573 07 | 1.399.590 08 | 1.469.177 09 | 1.532.421 10 | 1.584.710 11 | 1.651.429 12 | 1.752.080 13 | 1.898.303 14 | 2.031.451 15 | 2.245.981 16 | 2.421.486 17 | 2.546.972 18 | 2.742.960 19 | 2.950.477 20 | 3.176.118 21 | 3.385.218 22 | 3.640.909 23 | 3.847.051 24 | 4.148.401
Artículo 3°.
Para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 2° establécese la siguiente equivalencia. Situación anterior | Situación nueva ---|--- Nivel profesional | Nivel profesional Grado salarial | Grado salarial 01 al 04 | 01 05 | 02 06 | 03 07 | 04 08 | 05 09 | 06 10 | 07 11 | 08 12 | 09 13 | 10 14 | 11 15 | 12 16 | 13 17 | 14 18 | 15 19 | 16 20 | 17 21 | 18 22 | 19 23 | 20 24 | 21 25 | 22
Artículo 4°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 372 de 2006 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase Dado en Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano.
NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46240 de julio 25 de 2006.
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