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Decreto 1751 de 2006

Decreto 1751 de 2006 Nivel Nacional

Tipo
Decreto
Número
1751
Año
2006
Fecha
2 de junio de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 1751 DE 2006 (Junio 2) [Derogado por el art. 5, Decreto Nacional 3320 de 2008](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=32349#5) Por el cual se adiciona un parágrafo transitorio al Decreto 456 de 2004. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 81 de la Ley 715 de 2001,

DECRETA:

Artículo 1º.** Adiciónase un parágrafo transitorio al artículo 2° del Decreto 456 de 2004, el cuál quedará así:

Parágrafo Tercero. Transitorio. Las entidades territoriales que para el año 2006 deseen optar por algunas de las alternativas previstas en los artículos 1° y 2° del Decreto 456 de 2004, deberán efectuar el reporte de que tratan los literales a) de los mencionados artículos al Departamento Nacional de Planeación, hasta el 15 de junio de 2006. Después de esta fecha ninguna solicitud será tenida en cuenta para esta vigencia fiscal. Para los municipios que reporten la información hasta el 15 de junio de 2006, el ajuste a los giros de la Participación de Propósito General con destino a Agua Potable y Saneamiento Básico empezará a hacerse efectivo a partir del giro correspondiente al mes de julio. Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D. C., a los 2 días de junio de 2006. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla Barrera. La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Sandra Suárez Pérez. El Director General Departamento Nacional de Planeación, Santiago Montenegro Trujillo. NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46287 de junio 02 de 2006.

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