Decreto 455 de 2006
Decreto 455 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 455
- Año
- 2006
- Fecha
- 10 de noviembre de 2006
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO 455 DE 2006 (Noviembre 10) "Por medio del cual se definen las reglas de la designación de delegados para la supervisión de sorteos y concursos que se realicen en Bogotá D. C. y se deroga el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14968#6) del Decreto 321 del 8 de octubre de 2004" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confieren los artículos 38, numerales 1 y 6, y 40 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, corresponde al Alcalde Mayor dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones a cargo del Distrito y distribuir los negocios según su naturaleza entre las secretarías, así mismo le corresponde ejercer la potestad reglamentaría, expidiendo los decretos, órdenes y resoluciones necesarios para asegurar la debida ejecución de los acuerdos.
Que el artículo 128 del acuerdo 79 de 2003, Código de Policía de Bogotá, D.C., establece como función a la Secretaría de Gobierno el designar un delegado para la supervisión de los sorteos que realicen las loterías, los juegos promociónales de su competencia, los consorcios comerciales, así como para el desarrollo de los concursos.
Que el Decreto 321 del 8 de octubre de 2004, en el artículo 6 preceptúa: "_Designación de delegados para la supervisión de sorteos, y espectáculos públicos: para el cumplimiento de la función de supervisón de sorteos y concursos que se realicen el Distrito Capital, dispuesta en el artículo 128 del Acuerdo 79 de 2003, la Secretaría de Gobierno seleccionará a sus funcionarios a través de concursos de méritos...._ "
Que mediante Resolución 439 del 30 de junio de 2004 el Secretario de Gobierno convocó a concurso de méritos a los funcionarios de planta de la Secretaría de Gobierno.
Que mediante Resolución No. 614 del 31 de agosto de 2004 se conformó el listado de los funcionarios que son designados como delegados de la Secretaría de Gobierno para la Supervisión de sorteos y concursos que se realicen en Bogotá Distrito Capital.
Que el Decreto 774 del 1 de diciembre de 1995, por el cual se fija la tarifa a los empresarios de sorteos y concursos para cancelar el servicio extra prestados por los delegados de la Secretaría de Gobierno, establece el cálculo del valor a pagar a los delegados por el servicio prestado.
Que el artículo 29 de la Resolución No. 1742 del 16 de diciembre de 2002, expedida por la Secretaría de Gobierno, establece que las delegaciones mensuales para cada funcionario inscrito en la lista de delegados, no excederán en su remuneración del 45% de un salario mínimo mensual vigente, con el fin de establecer igualdad entre los inscritos en la lista de delegados.
Que para atender la prestación del servicio y el total de las solicitudes mensuales de los empresarios resulta imposible dar cumplimiento al artículo 29 de la Resolución No. 1742 de 2002, en virtud al considerable aumentado en los requerimientos de delegados, para la supervisión de los sorteos que realizan las loterías, los juegos promociónales, los consorcios comerciales, y los concursos, y a la disminución en el número de funcionarios inscritos en la lista conformada mediante la Resolución No. 614 del 31 de agosto de 2004, para ser designados como delegados, a lo cual se suma las situaciones administrativas de los funcionarios, como son retiro, vacaciones, encargos, licencias, incapacidades, permisos, carga laboral.
Que por las razones expuestas, como son el aumento en las solicitudes de delegados, la disminución del número de funcionarios habilitados para ser delegados, las situaciones administrativas que presentan dichos funcionarios y el cumplimiento a la normatividad citada, se hace necesario derogar el artículo 6 del Decreto 321 del 8 de octubre de 2004, en lo que respecta al concurso de méritos para la designación de los delegados que supervisan los sorteos y concursos, a fin de contar con la totalidad del personal de planta de la Entidad, para atender las solicitudes de delegados de manera ágil y eficaz, garantizando a los empresarios de las loterías, los juegos promociónales, los consorcios comerciales y los concursos, la atención de su solicitud de manera oportuna y eficiente. En mérito de lo expuesto, este despacho,**
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Designación:** El Secretario de Gobierno, en cumplimiento de la función de supervisión de sorteos y concursos, así como de espectáculos públicos, que se realicen en el Distrito Capital, dispuestas en los artículos [128](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6671#128) y [133](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6671#133) del Acuerdo 79 de 2003, designará como delegados a los servidores de esa entidad que este considere pertinente.
Parágrafo. Para efectos del presente artículo se deberán observar las disposiciones de los Decretos Distritales Nos. [774](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1962#0) de 1995, [350](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9706#0) de 2003, [321](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14968#0) de 2004 y de la Resolución No. [1742](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=12775#0) del 16 de diciembre de 2002, expedida por la Secretaría de Gobierno**.
Artículo segundo.
Disposiciones finales, Vigencia y Derogatorias El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital, y una vez pierda vigencia la Resolución No. 614 del 31 de agosto de 2004, expedida por la Secretaría de Gobierno, deroga expresamente el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14968#6) del Decreto 321 de 2004, y las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D C, a los diez días del mes de Noviembre de 2006 LUIS EDUARDO GARZON Alcalde Mayor JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO Secretario de Gobierno
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