Decreto 396 de 2006
Decreto 396 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 396
- Año
- 2006
- Fecha
- 23 de septiembre de 2006
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 396 DE 2006 (Septiembre 23) [Modificado por el Decreto Distrital 123 de 2007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23567#0),[Modificado por el Decreto Distrital 483 de 2010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40825#0), [Derogado por el art. 8, Decreto Distrital 516 de 2013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55397#8) "Por el cual se aclara el Decreto[098](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19741#0)del 17 de marzo de 2006 mediante el cual se ajustó la Planta Global de Personal de la Secretaría Distrital de Salud a lo dispuesto en el Decreto Ley[785](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127#0)de 2005" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales conferidas por los artículos 38, ordinal 6° y 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento del Decreto Ley 785 de 2005, expedido con base en las facultades extraordinarias de la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, se expidió el Decreto 098 del 17 de marzo de 2006 "Por el cual se ajusta la Planta Global de Personal de la Secretaría Distrital de Salud a lo dispuesto en el Decreto Ley 785 de 2005", acto administrativo en el cual el artículo 4º estableció el ajuste de la planta de personal a la nueva nomenclatura y clasificación de empleos, citando como base legal el Acuerdo 14 de 1998, disposición que no contempló a la Secretaría Distrital de Salud.
Que teniendo en cuenta que la escala salarial de la Secretaría Distrital de Salud fue establecida por el Acuerdo 26 de 1997, y que el sistema general de nomenclatura y clasificación de empleos fue adoptado por el Decreto 1047 de 1998, y que todo acto administrativo debe tener conexidad y secuencia, se hace necesario aclarar el artículo 4º del Decreto 098 de 2006.
Que así mismo, el artículo 5º del Decreto 098 del 17 de marzo de 2006, estableció la Planta Global de Personal con la cual la Secretaría Distrital de Salud cumpliría sus funciones quedando equívocamente en el Nivel Directivo los empleos del Nivel Asesor, razón por la cual y de conformidad con lo señalado en el artículo 3º del Decreto 785 de 2005, el cual enumera en forma taxativa e individual los niveles jerárquicos de los empleos según la naturaleza general de las funciones, se hace necesario aclarar el artículo 5º del Decreto 098 del 17 de marzo de 2006, separando los empleos del Nivel Asesor.
Que también es preciso aclarar el artículo 5º del Decreto 098 del 17 de marzo de 2006, en el sentido que el número total de cargos de los siguientes empleos es el que a continuación se relaciona: Profesional Especializado - Código 222. Grado 27 - ochenta y siete (87) cargos. Profesional Especializado - Código 222 - Grado 30 - treinta y dos (32) cargos. Técnico Operativo - Código 314 - Grado 09 - cuarenta y dos (42) cargos. Técnico Operativo - Código 314 - Grado 10 - dos (2) cargos, y no como allí figuran. En mérito de lo expuesto,**
DECRETA:
Artículo 1º.
Aclarar el artículo [4º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19741#4) del Decreto 098 del 17 de marzo de 2006, en el sentido que mediante Acuerdo 26 de 1997, el Concejo de Bogotá adoptó los grados de asignación básica de los diferentes empleos que conforman las plantas de personal del Subsector Oficial del Sector Salud en el Distrito Capital, y no como allí aparece.
Artículo 2º.
Aclarar el artículo [5º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19741#5) del Decreto 098 del 17 de marzo de 2006, en el sentido que las funciones propias de la Secretaría Distrital de Salud, serán cumplidas por la Planta Global de Personal que se fija a continuación: | DENOMINACION DEL EMPLEO | CODIGO | GRADO | No. ---|---|---|--- | | ASIG. BASICA | CARGOS NIVEL DIRECTIVO | | | SECRETARIO DE DESPACHO | 020 | 09 | Uno (1) JEFE DE OFICINA | 006 | 07 | Uno (1) DIRECTOR ADMINISTRATIVO | 009 | 07 | Uno (1) DIRECTOR FINANCIERO | 009 | 07 | Uno (1) DIRECTOR OPERATIVO | 009 | 07 | Dos (2) DIRECTOR TÉCNICO | 009 | 07 | Tres (3) SUBSECRETARIO DE DESPACHO | 045 | 08 | Uno (1) NIVEL ASESOR | | | JEFE DE OFICINA ASESORA DE JURÍDICA | 115 | 07 | Uno (1) JEFE DE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES | 115 | 07 | Uno (1) DENOMINACION DEL EMPLEO | CODIGO | GRADO | No. | | ASIG. BASICA | CARGOS NIVEL PROFESIONAL | | | MÉDICO GENERAL | 211 | 31 | Ocho (8) PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 13 | Quince (15) PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 14 | Cincuenta y dos (52) PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 15 | Nueve (9) PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 19 | Trece (13) PROFESIONAL UNIVERSITARIO | 219 | 24 | Dos (2) PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 222 | 27 | Ochenta y siete (87) PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 222 | 30 | Treinta y dos (32) PROFESIONAL ESPECIALIZADO | 222 | 32 | Seis (6) PROFESIONAL UNIVERSITARIO ÁREA SALUD | 237 | 16 | Siete (7) NIVEL TÉCNICO | | | TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 09 | Cuarenta y dos (42) TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 10 | Dos (2) TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 12 | Uno (1) TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 13 | Uno (1) TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 14 | Cuatro (4) TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 15 | Dos (2) TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 16 | Uno (1) TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 18 | Cinco (5) TÉCNICO OPERATIVO | 314 | 20 | Dos (2) TECNICO AREA SALUD | 323 | 10 | Dos (2) DENOMINACION DEL EMPLEO | CODIGO | GRADO | No. | | ASIG. BASICA | CARGOS NIVEL ASISTENCIAL | | | AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 10 | Uno (1) AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 11 | Once (11) AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 12 | Cuatro (4) AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 14 | Uno (1) AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 15 | Dos (2) AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 17 | Uno (1) AUXILIAR ADMINISTRATIVO | 407 | 25 | Uno (1) AUXILIAR ÁREA SALUD | 412 | 12 | Ocho (8) AUXILIAR ÁREA SALUD | 412 | 18 | Ocho (8) SECRETARIO EJECUTIVO | 425 | 23 | Nueve (9) SECRETARIO EJECUTIVO | 425 | 24 | Cuatro (4) SECRETARIO EJECUTIVO | 425 | 27 | Tres (3) SECRETARIO | 440 | 11 | Dos (2) SECRETARIO | 440 | 17 | Doce (12) AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 470 | 04 | Dos (2) AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 470 | 08 | Uno (1) AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES | 470 | 09 | Uno (1) CONDUCTOR | 480 | 11 | Veinte (20) TOTAL CARGOS 396
Artículo 3°.
El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los veintitrés días del mes de Septiembre de 2006 LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Salud MARIELLA BARRAGÁN BELTRAN Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital **
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