Decreto 128 de 2006
Decreto 128 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 128
- Año
- 2006
- Fecha
- 12 de abril de 2006
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO 128 DE 2006 (Abril 12) Por el cual se conforma una lista de elegibles con una vigencia de dos (2) años para llenar las vacantes definitivas que se presenten en las Curadurías Urbanas de esta ciudad, y se designan los Curadores Urbanos Nos. 1 y 4 de Bogotá D. C., para un período individual de cinco (5) años. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D. C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 38 del Decreto ley 1421 de 1993, y el artículo 101 de la Ley 388 de 1997 modificado por el artículo 9º de la Ley 810 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 101 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo 9° de la Ley 810 de 2003, el alcalde municipal o distrital designará a los curadores urbanos, previo concurso de méritos, a quienes figuren en los primeros lugares de la lista de elegibles, en estricto orden de calificación.
Que según el mismo artículo los curadores urbanos serán designados para periodos individuales de cinco (5) años.
Que mediante el Decreto Distrital [368](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=17728#0) de octubre 4 de 2005, se declaró la vacancia definitiva de los cargos de Curadores Urbanos Nos. 1 y 4 de Bogotá D. C., y se convocó a concurso público de méritos para la provisión de dichos cargos.
Que el anterior acto administrativo delegó en el Departamento Administrativo de Planeación Distrital - DAPD la realización del concurso, dentro de los noventa (90) días siguientes a la publicación del Decreto en mención.
Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto Distrital [429](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18326#0) de 2005, la lista de elegibles que resulte del concurso de méritos llevado a cabo para suplir las vacantes presentadas en las Curadurías Urbanas Nos. 1 y 4, tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de su conformación.
Que mediante Decreto Distrital [036](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19041#0) de 2006, se amplió el plazo previsto para la realización del Concurso Público de Méritos para la selección de los Curadores Urbanos Nos. 1 y 4 de Bogotá D. C., por el término de cuarenta (40) días adicionales, contados a partir del 15 de febrero de 2006.
Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto Distrital [429](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18326#0) de 2005, la lista de elegibles que resulte del concurso de méritos llevado a cabo para suplir las vacantes presentadas en las Curadurías Urbanas Nos. 1 y 4, tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de su conformación.
Que el concurso en mención se inició en vigencia del Decreto Nacional 1347 de 2001, según el cual corresponde a los Alcaldes o a sus delegados realizar la convocatoria pública para el concurso público de méritos con el objeto de designar a los curadores urbanos, determinar las bases del mismo y calificar a los aspirantes de acuerdo con los requisitos, los factores de evaluación y los criterios establecidos en dicho Decreto.
Que con fundamento en la delegación conferida en el Decreto Distrital [368](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=17728#0) de 2005, y de conformidad con las Leyes 388 de 1997 y 810 de 2003, y los Decretos Nacionales 1052 de 1998 y 1347 de 2001, el DAPD elaboró las Bases del Concurso de Méritos DAPD - CU - 001 - 2005 para la _"Selección de los Curadores Urbanos No. 1 y No. 4 de Bogotá D. C., para un período individual de cinco (5) años y conformación de una lista de elegibles para llenar las vacantes definitivas que se presenten en las Curadurías Urbanas de Bogotá D. C., por un período de dos (2) años"._ Que el DAPD realizó la convocatoria al Concurso Público de Méritos a través de dos avisos en el diario El Tiempo, con intervalo de una semana, así: \- 27 de noviembre de 2005, y \- 4 de diciembre de 2005 Que el Departamento Administrativo de Planeación Distrital mediante comunicaciones del 25 de noviembre de 2005, informó sobre el inicio del proceso a los miembros del Equipo de Selección designados mediante Decreto Distrital No. [101](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=12746#0) de 2004, así como la intención de celebrar un convenio interadministrativo con la Universidad Nacional de Colombia, para acordar con ese centro universitario la realización de algunas de las etapas del concurso.
Que el Departamento Administrativo de Planeación Distrital decidió, en desarrollo de los principios superiores de transparencia, eficacia e imparcialidad, y dada la complejidad y especialidad de las actuaciones a surtirse en el proceso de selección, celebrar el Convenio Interadministrativo 291 del 23 de diciembre de 2005, - UN /DAPD, _"Por el cual se realiza la evaluación de las hojas de vida y de las propuestas, la elaboración de la prueba escrita, y el diseño de la entrevista a los aspirantes que se presenten al Concurso público de Méritos DAPD - CU - 001 - 2005"._ Que evaluadas las propuestas por la Universidad Nacional de Colombia, en desarrollo del convenio interadministrativo citado, y realizada la entrevista por parte del Equipo de Selección, los concursantes que superaron la totalidad de las etapas previstas en el concurso, obtuvieron la siguiente calificación: | ASPIRANTE ---
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