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Decreto 080 de 2006

Decreto 80 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
080
Año
2006
Fecha
15 de junio de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 080 DE 2006 (Marzo 15) "Por el cual se modifica el artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16167#21) del Decreto Distrital 063 de 2005, mediante el cual se reglamenta y modifica la composición del Consejo de Gobierno Distrital y se reglamentan los Comités Sectoriales" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C., En uso de las facultades Constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 209 de la Constitución Política, y los artículos 6º, 20º, 21º y 45º de la ley 489 de 1998, el articulo 38 del Decreto Ley 1421 de 1999, y el Acuerdo Distrital 21 de 1999 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Distrital Número 063 de marzo 18 de 2005, se reglamentó y modificó la composición del Consejo de Gobierno Distrital y se reglamentó la conformación de los Comités Sectoriales con el propósito de establecer instancias de coordinación efectiva entre las diferentes entidades de la Administración Distrital.

Que en desarrollo de las necesidades administrativas y para el adecuado cumplimiento de la misión que deben cumplir algunas instituciones del Sector Central dada la transversalidad de sus funciones, se requiere que tengan un delegado en cada uno de los Comités Sectoriales permitiendo cumplir el objetivo de acompañar y articular los lineamientos de políticas de desarrollo administrativo y sostenibilidad financiera del Distrito en las estrategias de cada sector.

Que para efecto, la Secretaria de Hacienda tiene entre sus funciones el diseño de las políticas hacendarías para garantizar la sostenibilidad de las finanzas, la eficiente asignación de los recursos, asegurar la ejecución de los proyectos de inversión, la entrega de bienes y servicios y el cumplimiento de las metas anuales y plurianuales establecidas en el Plan de Desarrollo y su articulación con el Marco Fiscal y el Marco de gasto de Mediano Plazo.

Que por lo anterior, se hace necesario modificar, en lo pertinente, el artículo 21 del Decreto Distrital Numero 063 de 2005, señalando que tanto el Departamento Administrativo de Planeación Distrital como la Secretaria de Hacienda Distrital pueden designar un delegado, cada una, en los respectivos Comités Sectoriales que el propio Decreto Distrital establece.

Que en mérito de lo expuesto, **

DECRETA:

Artículo primero.

Modificar el articulo [21º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16167#21) del Decreto Distrital Número 063 de marzo 18 de 2005, _"Por el cual se reglamenta y modifica la composición del Consejo de Gobierno Distrital y se reglamentan los Comités Sectoriales",_ el cual quedaría así: "ARTICULO 21º -PARTICIPACIÓN DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE PLANEACIÓN DISTRITAL -DPAD - Y DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA DEL DISTRITO. Para el cumplimiento de sus funciones, tanto el Departamento Administrativo de Planeación Distrital - DAPD -, como Secretaría de Hacienda del Distrito, designarán cada una, un delegado en los respectivos Comités Sectoriales de que trata el presente Decreto, con el propósito de acompañar y articular la planeación del desarrollo de la ciudad y la sostenibilidad financiera del Distrito en la formulación de las políticas de cada sector."

Artículo segundo.

VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga expresamente todas las normas que le sean contrarias.** PUBLÌQUESE Y CÙMPLASE Dado en Bogotá a los 15 días de marzo de 2006 LUIS EDUARDO GARZÒN Alcalde Mayor ENRIQUE BORDA VILLEGAS Secretario General

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