Acuerdo 000345 de 2006
Acuerdo 345 de 2006 Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 000345
- Año
- 2006
- Fecha
- 30 de noviembre de 2006
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** ACUERDO 000345 DE 2006 (noviembre 30) por medio del cual se define un nuevo periodo de contratación para el Régimen Subsidiado El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, en ejercicio de las facultades legales, conferidas en el artículo 212 de la Ley 100 de 1993,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo [342](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21967#0) del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, definió que para garantizar la continuidad de la afiliación y realizar la ampliación de cobertura en el Régimen Subsidiado, el período de contratación se inicia el 1° de octubre de 2006 y termina el 31 de marzo de 2007;
Que algunas entidades a pesar de haber adelantado los procesos para facilitar la ampliación de cobertura en el Régimen Subsidiado, han presentado dificultades operativas, por lo que es procedente fijar nuevos períodos de contratación;
Que el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Acuerdo 31 del CNSSS, cuenta con concepto previo favorable de la Oficina Jurídica del Ministerio de la Protección Social por considerarlo ajustado a las normas vigentes, el cual se anexa al acta correspondiente, [Ver el Acuerdo del C.N.S.S.S. 355 de 2007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25430#0) **
ACUERDA:
Artículo 1°.** _Período de contratación_. Para la ampliación de cobertura en el Régimen Subsidiado, se establece un nuevo periodo de contratación, que inicia el 20 de diciembre de 2006 y termina el 31 de marzo de 2007.
Parágrafo. Las entidades territoriales que realicen ampliación de cobertura deberán adelantar el proceso de libre elección de ARS desde la vigencia del presente Acuerdo hasta tres (3) días antes de la fecha de contratación. Artículo 2°. _Vigencia_. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el **_Diario Oficial._ Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 30 de noviembre de 2006. El Presidente CNSSS,_ Diego Palacio Betancourt,_ Ministro de la Protección Social. La Secretaria Técnica CNSSS,_ Blanca Elvira Cajigas de Acosta,_ Viceministra de Salud y Bienestar (E.). (C.F.) NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46479 de diciembre 11 de 2006.
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