Acuerdo 256 de 2006
Acuerdo 256 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 256
- Año
- 2006
- Fecha
- 22 de noviembre de 2006
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 256 DE 2006 (Noviembre 22) "Por el cual se Honra la Memoria de Fray Bartolomé de las Casas y se dictan otras disposiciones" EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el Decreto ley 1421 de 1993, en su artículo 12 numeral 1º,[Ver Proyectos de Acuerdo 253](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21336) [y 254 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21337)
ACUERDA:
Artículo 1°.
El Distrito Capital de Bogotá rinde homenaje a la memoria de FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS, por su lucha en pro de los derechos del ser humano y la defensa de los naturales de América, su civilización y su cultura.
Artículo 2°.
En su honor, a partir de la fecha de la sanción del presente Acuerdo,
se designará con el nombre de Fray Bartolomé de las Casas, el conjunto de puentes ubicado en la Autopista Norte con Calle 92.
Artículo 3°.
Hacer especial mención de la vida y obra del humanista Fray Bartolomé de las Casas, por su contribución a la defensa de los derechos de la persona humana, dentro de las actividades pedagógicas contempladas en el Acuerdo 125 del 9 de julio de 2004 "Cátedra de Derechos Humanos, Deberes y Garantías y Pedagogía de la Reconciliación".
Artículo 4°.
La Administración Distrital autorizará la colocación de un busto, como componente artificial del espacio público, en memoria de Fray Bartolomé de las Casas con sujeción al trámite legal correspondiente y con cargo al presupuesto que para tal efecto se apropie en la vigencia fiscal correspondiente.
Artículo 5°.
La decisión adoptada por esta Corporación se informará en nota de estilo a las diferentes Personalidades de la Realeza Española, así como de la vida política, diplomática, eclesiástica, académica y asociaciones civiles de Colombia y de España.
Artículo 6°.
El presente acuerdo rige a partir de su publicación** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ANTONIO GALAN SARMIENTO Presidente ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO Secretaria General
LUIS EDUARDO GARZON Alcalde Mayor de Bogotá, D. C. Noviembre 22 de 2006**
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