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Acuerdo 242 de 2006

Acuerdo 242 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
242
Año
2006
Fecha
26 de septiembre de 2006
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 242 DE 2006 (Septiembre 26) "por medio del cual se implementa en el Distrito Capital mecanismos para la formación en participación ciudadana, en las instituciones educativas públicas y privadas en los niveles preescolar, básica y media, formal, no formal e informal" EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 313 de la Constitución Política, Artículo 12, Numerales 1, 6 y 10 del Decreto Ley 1421 de 1993, Acuerdo 095 de 2001, Ley 134 de 1994,[Ver Proyecto de Acuerdo 200 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20184)

ACUERDA:

Artículo 1.

Promuévanse e impleméntese en el Distrito Capital mecanismos para la formación en participación ciudadana en las instituciones educativas públicas y privadas en los niveles preescolar, básica y media, formal, no formal e informal, con el fin de incentivar el conocimiento, la capacitación y por ende la participación ciudadana como motor del desarrollo de la sociedad y ser incluidos como elementos en los procesos de participación en la adopción de decisiones que afectan a los ciudadanos.

Artículo 2.

Para la ejecución de los mecanismos para la formación en participación ciudadana, se promoverá el uso de herramientas tecnológicas como la Internet, centros de información bibliográfica, bibliotecas virtuales, bases de datos, y el aprovechamiento de expresiones artísticas, deportivas, recreativas y culturales como el cine o el teatro que como modelo pedagógico permitan la comprensión de la participación y tiendan a empoderar al ciudadano.

Artículo 3.

Los mecanismos para la formación en participación ciudadana estarán coordinados por la Secretaría de Educación de Bogotá.

Artículo 4.

La Secretaría de Educación de Bogotá podrá tramitar la suscripción de Convenios de Asesoramiento y Cooperación Técnica y/o financiera que se requiera para el suficiente apoyo de los mecanismos para la formación en participación ciudadana, como la publicación de historietas en lenguaje sencillo en medios de comunicación, manuales, cartillas y cuadernos para ser distribuidos gratuitamente en las instituciones educativas públicas y privadas del Distrito Capital de los niveles señalados en el presente articulado.

Artículo 5.

Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ANTONIO GALÁN SARMIENTO Presidente ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO Secretaria General LUÍS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor de Bogotá, D. C. Septiembre 26 de 2006

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