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Decreto 158 de 2007

Decreto 158 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
158
Año
2007
Fecha
23 de abril de 2007
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO 158 DE 2007 (Abril 23) «Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2007 con cargo al Fondo de Compensación Distrital». EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, «Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital», establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2007 existe apropiación disponible por el monto de $76.531.008, según lo comprueba el certificado de disponibilidad presupuestal No. 155 con fecha del 23 de marzo del 2007, expedido por la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que de conformidad con el artículo 33 del Decreto 714 de 1996 y con el parágrafo1 1° del artículo 4° del Decreto 214 del 7 de julio de 2005, el Concejo de Bogotá, D.C., requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Gastos Generales en el rubro, «Sentencias Judiciales», con el fin de atender el pago del fallo proferido por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bogotá, D.C., y Sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D.C., Sala Laboral, Sala de Decisión celebrad el 28 de febrero de 2005, dentro del Proceso No. 07 2004 00195 01 de acuerdo a la ponencia presentada por el Honorable Magistrado Dr. Reinaldo Valderrama Mesa.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2007, la suma de Setenta y Seis Millones Quinientos Treinta y Un Mil Ocho Pesos ($76.531.008) Moneda Corriente, según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS | 111 | SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA | | 76.531.008 ---|---|---|--- 02 | DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO | | 3 | GASTOS | | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | | 3.1.3 | TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO | | 3.1.3.02 | OTRAS TRANSFERENCIAS | | 3.1.3.02.01 | Fondo de Compensación Distrital | 76.531.008 | | SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS | | _76.531.008_

CRÉDITOS 100 | CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. | | 76.531.008 ---|---|---|--- 3 | GASTOS | | 3.1. | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | | 3.1.1 | ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS | | 3.1.1.02.07 | Sentencias Judiciales | 76.531.008 | | SUMAN LOS CRÉDITOS | | _76.531.008_

Artículo 2°.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días del mes de abril de dos mil siete (2007).

LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

PEDRO A. RODRÍGUEZ TOBO Secretario Distrital de Hacienda NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3746 de abril 23 de 2007.

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