Decreto 058 de 2007
Decreto 58 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 058
- Año
- 2007
- Fecha
- 14 de febrero de 2007
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 058 DE 2007 (Febrero 14)[Derogado por el art. 165, Decreto Único Sectorial 650 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191870#165)
"Por el cual se asigna en la Secretaría de Educación Distrital la facultad de seleccionar a los mejores bachilleres de los diferentes colegios oficiales de Bogotá D.C., para acceder a las becas otorgadas por la Universidad Libre de Colombia y la Fundación Universidad de América, en virtud de los Acuerdos Nos. [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8902#0) de 1958 y [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22804#0) de 1963 expedidos por el Concejo de Bogotá D.C." EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ D.C. En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 18 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y CONSIDERANDO Que según el inciso 2º del artículo 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 el Alcalde Mayor como jefe de la Administración Distrital ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades Distritales.
Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9° establece que las autoridades administrativas pueden transferir el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores.
Que el artículo 18 del Acuerdo Distrital número 257 de 2006 establece que el Alcalde Mayor puede asignar o distribuir negocios y funciones entre los organismos y entidades descentralizadas Distritales.
Que mediante el Acuerdo No.[14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8902#7) de 1958 el Concejo de Bogotá, D.C. cedió a la Universidad Libre de Colombia, entidad con personería jurídica, domiciliada en Bogotá, una zona de veinte fanegadas en el Bosque Popular de Bogotá, D. E., de propiedad del Distrito Especial y en retribución la Universidad Libre debe conceder quince (15) becas para estudiantes universitarios y veinte (20) para estudiantes de bachillerato, por término indefinido, las cuales deben ser adjudicadas por el Alcalde Mayor, de acuerdo con la reglamentación académica de la Universidad, que esté vigente en el momento de la adjudicación de la beca respectiva.
Que mediante el Acuerdo No. [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22804#5) de 1963 el Concejo de Bogotá D.C., autorizó al Personero del Distrito para transferir a titulo de venta a la Fundación Universidad de América, con sede en Bogotá, los lotes de terreno distinguidos con las cédulas catastrales números 20-12E/3; 20-12E/4; 20-12E/1, Paseo Bolívar, número 20-53, y 206E/11, calle 19 A, números 4-40/94E. La fundación Universidad de América, se comprometió a adjudicar permanentemente, de conformidad con la reglamentación que expida el Alcalde, a partir de 1964, doce (12) becas cada año, para estudios __ profesionales de alumnos pobres que obtengan las mejores calificaciones en colegios que funcionen en el Distrito Especial.
Que de conformidad con los principios que inspiran las actuaciones administrativas y en especial los de economía, celeridad, eficiencia y eficacia, se considera conveniente asignar en la Secretaria de Educación Distrital la facultad de seleccionar a los mejores bachilleres de los diferentes colegios oficiales de Bogotá D.C., para acceder a las becas otorgadas por la Universidad Libre de Colombia y la Fundación Universidad de América, en virtud de los Acuerdos [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8902#7) de 1958 y [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22804#5) de 1963 previamente citados.
Que en mérito de lo expuesto**
DECRETA:
ARTÍCULO 1°:** Asignar en la Secretaria de Educación Distrital la facultad de seleccionar a los mejores bachilleres de los diferentes colegios oficiales de Bogotá D.C., para acceder a las becas otorgadas por la Universidad Libre de Colombia y la Fundación Universidad de América, en virtud de los Acuerdos [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8902#7) de 1958 y [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22804#5) de 1963.
ARTÍCULO 2°:**__ La Secretaria de Educación Distrital reglamentara la organización y operación de un Comité de Becas a cargo de la Unidad de Educación Superior de la entidad, que establezca los criterios para el acceso a las mismas, las condiciones y requisitos que deben cumplir los aspirantes a las becas y en general los demás aspectos relacionados con su administración, en concordancia con la reglamentación académica de las Universidades.
Artículo 3°.
El presente Decreto rige a partir de su publicación.** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C. a los 14 días de Febrero de 2007 LUIS EDUARDO GARZÓN Alcalde Mayor ABEL RODRÍGUEZ CÉSPEDES Secretario de Educación
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