Jurismart

Decreto 053 de 2007

Decreto 53 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
053
Año
2007
Fecha
14 de febrero de 2004
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 053 DE 2007 (Febrero 14)[Derogado por el Decreto Único Sectorial 648 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191868#212.n.5) Por el cual se reglamenta el Artículo No. [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16066#4) del Acuerdo 142 del 10 de marzo de 2005, expedido por el Concejo de Bogotá D.C. EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las señaladas en los artículos 38 y 39 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que el Concejo de Bogotá Distrito capital expidió el Acuerdo 142 del 10 de Marzo 2005 "Por medio del cual se adoptan mecanismos e instancias para apoyar y promover en el ámbito distrital las Veedurías Ciudadanas y se dictan otras disposiciones".

Que en el parágrafo del [Art. 4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16066#4) del referido Acuerdo se establece que corresponde al Alcalde Mayor reglamentar la forma como las entidades del Distrito deben informar a las Veedurías Ciudadanas sobre la ejecución de las actuaciones administrativas, referentes a la ejecución de un programa, proyecto o contrato.

Que en mérito de lo expuesto,**

DECRETA:

Artículo 1°.

La Secretaría Distrital de Planeación, responsable de la administración del SEGPLAN, sistema de información del Distrito Capital que da cuenta de la ejecución de los programas y proyectos que ejecutan los organismos, entidades y las localidades de aquel, en cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo, deberá crear dentro de los dos meses siguientes a la expedición del presente decreto, los mecanismos o instrumentos necesarios para que las Veedurías Ciudadanas legalmente constituidas, tengan acceso a la información contenida en el SEGPLAN.

Artículo 2º.

La Secretaría General, responsable de la administración del Portal de Contratación a la Vista, sistema de información del Distrito que da cuenta de la ejecución de los procesos contractuales que adelantan los organismos, entidades y las Localidades en cumplimiento de las metas del Plan de Desarrollo, deberá crear dentro de los dos meses siguientes a la expedición del presente decreto, los mecanismos o instrumentos necesarios para que las Veedurías Ciudadanas legalmente constituidas, tengan acceso a la información contenida en el Portal.

Artículo 3º.

El Consejo Distrital de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, dentro de los dos meses siguientes a la expedición del presente decreto, entregará a la Secretaría Distrital de Planeación y a la Secretaría General un listado de las Veedurías Ciudadanas que se encuentran legalmente constituidas, que incluya el nombre, cédula, dirección, teléfono y correo electrónico del representante legal o la persona autorizada para quedar registrada como usuaria de los referidos sistemas de información.

Artículo 4º.

El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.** Dado en Bogotá, D.C, a los 14 días de Febrero de 2007 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS EDUARDO GARZON Alcalde Mayor JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO Secretario Gobierno

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar