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Acuerdo 039 de 2007

Acuerdo 39 de 2007 Metrovivienda

Tipo
Acuerdo
Número
039
Año
2007
Fecha
12 de septiembre de 2007
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** ACUERDO 039 DE 2007 (Septiembre 12) "Por el cual se modifica el artículo 22 del Acuerdo 38, Reglamento Operativo del Subsidio Distrital Complementario para la construcción de vivienda mediante proyectos asociativos de que trata el Decreto Distrital 303 de 2007 LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL DISTRITO CAPITAL METROVIVIENDA, en uso de sus atribuciones legales, y estatutarias, especialmente las establecidas en el artículo octavo del Decreto Distrital 303 de 2007,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 303 del 16 de julio de 2007 se reglamentó el Subsidio Distrital de Vivienda Complementario para la construcción de vivienda mediante proyectos asociativos que se encuentren en ejecución a la fecha de entrada en vigencia de esa disposición.

Que en virtud del artículo octavo del Decreto 303 de 2007, corresponde a la Junta Directiva de la Empresa Industrial y Comercial del Distrito Capital METROVIVIENDA expedir el Reglamento Operativo del Subsidio Distrital Complementario para la construcción de vivienda mediante proyectos asociativos, el cual se reglamentó por Acuerdo 38 del 17 de julio de 2007. Dado que la redacción del literal "b" del artículo 22 del Acuerdo 38 de 2007, genera interpretaciones inexactas se hace necesario modificarlo, en los términos que se expresan en la parte resolutiva del presente Acuerdo. En mérito de lo expuesto, [Ver el art. 7, Decreto Distrital 583 de 2007](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28003#7) **

ACUERDA:

Artículo 1.

Modificar el literal "b" del artículo 22 Giro anticipado del Subsidio, Acuerdo 38 de 2007, el cual quedará así: b. Garantizar mediante contrato la interventoría técnica, financiera y administrativa general y específica del proyecto y el seguimiento a la ejecución de los dineros del Subsidio Distrital Complementario para Proyectos Asociativos, de que trata el Decreto Distrital 303 de 2007 y el presente Acuerdo. Artículo 26. Vigencia. (Sic) El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C., a los doce (12) días del mes de septiembre de dos mil siete (2007). EDNA CRISTINA BONILLA SEBA Presidenta Junta Directiva OLGA TERESA DE JESÚS ÁVILA ROMERO Secretaria Junta Directiva NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3842 de septiembre 25 de 2007.

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