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Acuerdo 06 de 2007

Acuerdo 6 de 2007 Instituto Distrital de Turismo - IDT

Tipo
Acuerdo
Número
06
Año
2007
Fecha
20 de junio de 2007
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**ACUERDO 06 DE 2007 (Junio 20) "Mediante el cual se aclara el artículo tercero del Acuerdo 02 del 12 de marzo de 2007, que fijó la Escala salarial de las distintas categorías de empleos del Instituto Distrital de Turismo y se dictan otras disposiciones" LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo No. 275 de 2007 del Concejo de Bogotá y los Estatutos del Instituto Distrital de Turismo, y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo 01 en su artículo 15, literal f, señala como función de la Junta Directiva, la fijación de la escala de remuneración de las diferentes categorías de empleos y emolumentos de los servidores (as) del Instituto.

Que mediante el Acuerdo No. 02 de 2007, la Junta Directiva del Instituto fijó la escala salarial de las distintas categorías de empleos y dictó otras disposiciones.

Que en el artículo tercero del Acuerdo No. 02 se señaló que el reconocimiento y pago de la prima técnica se realizará de acuerdo con la reglamentación que para la fecha se encuentre señalada por el Alcalde Mayor.

Que se hace necesario aclarar el alcance de la competencia de la Junta Directiva del Instituto, en el sentido de señalar que cuenta con autonomía para fijar el régimen salarial de sus servidores públicos, respetando el límite máximo establecido por el gobierno nacional.

Que mediante oficio DIR 1499 del 29 de mayo de 2007 el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto favorable al Acuerdo "Mediante el cual se aclara el artículo tercero del Acuerdo 02 del 12 de marzo de 2007, que fijó la Escala salarial de las distintas categorías de empleos del Instituto Distrital de Turismo y se dictan otras disposiciones".

Que mediante oficio DIR 1670 del 13 de junio de 2007 el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto favorable al proyecto de resolución "Por la cual se reconoce el reconocimiento "Por el cual se reglamenta el reconocimiento y pago de la prima técnica para los empleos públicos del nivel Directivo, Asesor y profesional del INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO".

Que la prima técnica se reconocerá a los niveles directivo, asesor y profesional de tiempo completo.

ACUERDA:

Articulo 1º. Modificar el artículo tercero del Acuerdo No. 02 de 2007, el cual quedará así: Articulo 3º. Prima Técnica: La prima técnica se reconocerá mensualmente a los empleos que pertenezcan a los niveles directivo, asesor y profesional de tiempo completo; su reconocimiento y pago se realizará de acuerdo con la reglamentación que para tal efecto expida la Directora General del Instituto Distrital de Turismo, respetando el límite determinado por el gobierno nacional en las normas relacionadas con la materia y se liquidará sobre la asignación básica, así: ESCALA PRIMA TÉCNICA | NIVEL JERÁRQUICO | PORCENTAJE SOBRE ASIGNACIÓN BÁSICA ---|--- Directivo | 50 % Asesor | 50 % Profesional | 40 % **

Artículo 2°.

La Junta Directiva ordena el reconocimiento de la prima técnica del /la Director/a del Instituto Distrital de Turismo a partir de la presentación de su solicitud y faculta a la Subdirección de Gestión corporativa del Instituto para su liquidación y pago, de lo cual esa instancia deberá rendir Informe en sesión ordinaria.

Artículo 3°.

La prima técnica constituirá factor salarial conforme ha sido establecido en los diferentes Acuerdos expedidos por el Concejo Distrital.

Artículo 4º.

Las demás disposiciones contenidas en el Acuerdo No. 02 continúan vigentes.

Artículo 5º.

El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los veinte (20) días del mes de junio de dos mil siete (2007)

CONSUELO CORREDOR MARTÍNEZ Presidente MARCELA BUSTAMANTE MORÓN Secretario NOTA: Publicado en el Registro Distrital 3786 de junio 25 de 2007 **

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