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Decreto 808 de 2008

Decreto 808 de 2008 Nivel Nacional

Tipo
Decreto
Número
808
Año
2008
Fecha
14 de marzo de 2008
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 808 DE 2008 (marzo 14) por el cual se modifica parcialmente el Decreto[72](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15638#0)de 2005. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, [Ver el Decreto Nacional 028 de 2008](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28232#0)

DECRETA:

Artículo 1°. El plazo para que los municipios radiquen en la Oficina de Correspondencia del Departamento Nacional de Planeación el informe de ejecución presupuestal de los ingresos y gastos correspondientes a la vigencia 2007, de que trata el inciso quinto del numeral 2° del artículo 1° del Decreto 72 de 2005, se prorroga hasta el 18 de abril de 2008. Artículo 2°. El plazo para que las Secretarías de Planeación Departamental envíen al Departamento Nacional de Planeación la información consolidada de la ejecución presupuestal de los municipios correspondiente a la vigencia 2007, de que trata el inciso sexto del numeral 2 del artículo 1° del Decreto 72 de 2005, se prorroga hasta el 30 de abril de 2008. Artículo 3°. El plazo para que el Departamento Nacional de Planeación envíe la información consolidada de que trata el inciso 7 del numeral 2 del artículo 1° del Decreto 72 de 2005, correspondiente a la vigencia 2007, se prorroga hasta el 31 de mayo de 2008. Artículo 4°. El plazo para que las Secretarías de Planeación Departamental envíen al Departamento Nacional de Planeación el informe de ejecución presupuestal de los ingresos y gastos correspondientes a la vigencia 2007, de que trata el inciso 9 del numeral 2 del artículo 1° del Decreto 72 de 2005, se prorroga hasta el 30 de abril de 2008. Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 14 de marzo de 2008. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público,_ Oscar Iván Zuluaga Escobar._ La Directora del Departamento Nacional de Planeación,_ Carolina Rentaría._ NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46931 de marzo 14 de 2008.

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