Decreto 808 de 2008
Decreto 808 de 2008 Nivel Nacional
- Tipo
- Decreto
- Número
- 808
- Año
- 2008
- Fecha
- 14 de marzo de 2008
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 808 DE 2008 (marzo 14) por el cual se modifica parcialmente el Decreto[72](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=15638#0)de 2005. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, [Ver el Decreto Nacional 028 de 2008](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28232#0)
DECRETA:
Artículo 1°. El plazo para que los municipios radiquen en la Oficina de Correspondencia del Departamento Nacional de Planeación el informe de ejecución presupuestal de los ingresos y gastos correspondientes a la vigencia 2007, de que trata el inciso quinto del numeral 2° del artículo 1° del Decreto 72 de 2005, se prorroga hasta el 18 de abril de 2008. Artículo 2°. El plazo para que las Secretarías de Planeación Departamental envíen al Departamento Nacional de Planeación la información consolidada de la ejecución presupuestal de los municipios correspondiente a la vigencia 2007, de que trata el inciso sexto del numeral 2 del artículo 1° del Decreto 72 de 2005, se prorroga hasta el 30 de abril de 2008. Artículo 3°. El plazo para que el Departamento Nacional de Planeación envíe la información consolidada de que trata el inciso 7 del numeral 2 del artículo 1° del Decreto 72 de 2005, correspondiente a la vigencia 2007, se prorroga hasta el 31 de mayo de 2008. Artículo 4°. El plazo para que las Secretarías de Planeación Departamental envíen al Departamento Nacional de Planeación el informe de ejecución presupuestal de los ingresos y gastos correspondientes a la vigencia 2007, de que trata el inciso 9 del numeral 2 del artículo 1° del Decreto 72 de 2005, se prorroga hasta el 30 de abril de 2008. Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 14 de marzo de 2008. ÁLVARO URIBE VÉLEZ El Ministro de Hacienda y Crédito Público,_ Oscar Iván Zuluaga Escobar._ La Directora del Departamento Nacional de Planeación,_ Carolina Rentaría._ NOTA: Publicado en el Diario Oficial 46931 de marzo 14 de 2008.
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