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Decreto 299 de 2008

Decreto 299 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
299
Año
2008
Fecha
10 de septiembre de 2008
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 299 DE 2008 (Septiembre 10) "Por el cual se efectúa la categorización de Bogotá Distrito Capital para la vigencia 2009" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL En cumplimiento de lo establecido en el artículo [2º](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3771#2) de la Ley 617 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el Parágrafo 5º del artículo [2º](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3771#2) de la Ley 617 de 2000, establece: ".... Los alcaldes determinarán anualmente, mediante decreto expedido antes del treinta y uno (31) de octubre, la categoría en la que se encuentra clasificado para el año siguiente, el respectivo distrito o municipio. Para determinar la categoría el decreto tendrá como base las certificaciones que expida el Contralor General de la República sobre los ingresos corrientes de libre destinación recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior, y la certificación que expida el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, sobre población para el año anterior..."

Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE expidió mediante oficio 20081510062481 la certificación según la cual la población proyectada para Bogotá Distrito Capital es de 7.050.228 habitantes, información definitiva resultante de aplicar varios métodos según la disponibilidad de información y la escala geográfica, Población Proyectada a 30 de junio de 2007, con base en el Censo General de 2005.

Que la Contraloría General de la República expidió la certificación No.0000299 donde se establece que Bogotá Distrito Capital recaudó efectivamente durante la vigencia fiscal de 2007, ingresos corrientes de libre destinación por la suma de $2.745.251.696 miles.

Que en dicha certificación se estableció que los gastos de funcionamiento del Municipio de Bogotá, Distrito Capital representaron el 40.16% de sus ingresos corrientes de libre destinación a 31 de diciembre de 2007.

Que de acuerdo con lo preceptuado por el artículo [2º](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3771#2) de la Ley 617 de 2000 Bogotá D.C., tiene una población superior a quinientos mil un (500.001) habitantes y sus ingresos corrientes de libre destinación son superiores a cuatrocientos mil (400.000) salarios mínimos legales mensuales, es decir superiores a $184.600.000 miles encontrándose por tanto en la categoría especial. En virtud de lo anterior,**

DECRETA:

ARTÍCULO 1º- La categorización de Bogotá Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2009 es de carácter "Especial".

ARTÍCULO 2º- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes de Septiembre de dos mil ocho (2008). EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. SAMUEL MORENO ROJAS EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ**

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