Decreto 070 de 2008
Decreto 70 de 2008 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 070
- Año
- 2008
- Fecha
- 18 de marzo de 2008
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**DECRETO 070 DE 2008 (Marzo 18) "Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2008" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 17 del Decreto 714 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo No. 302 del 24 de diciembre de 2007, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2008, el cual fue liquidado según Decreto No. 597 del 27 de diciembre de 2007.
Que la Delegación de la Comisión Europea para Colombia y Ecuador y la Alcaldia Mayor de Bogotá - Secretaría Distrital de Gobierno, suscribieron el 23 de junio de 2006 el contrato de subvención No. CRIS/2006/123-076.
Que la subvención de dicho convenio tiene como objetivo el Plan piloto intersectorial para la definición de un programa de acción que contribuya a decantar un proceso civilista de reinserción enmarcado en los principios de verdad, justicia y reparación en la ciudad de Bogotá, D.C.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital recibió y efectuó el respectivo trámite de monetización del segundo desembolso, según Acta de Legalización No. 9144 del 10 de diciembre de 2007, por valor de sesenta y tres millones novecientos setenta y ocho mil cuarenta y seis pesos ($63.978.046), los cuales se encuentran en una cuenta de ahorros de la Tesorería Distrital.
Que la Embajada de Japón en la República de Colombia y la Alcaldía Mayor de Bogotá - Secretaría de Educación suscribieron el 24 de enero de 2008 un contrato de donación por valor de trescientos dos millones quinientos ochenta y seis mil quinientos ochenta pesos ($302.586.580), para la adquisición de un bibliobus para los niños de Bogotá.
Que según Acta de Legalización No. 9464 del 30 de enero de 2008, se encuentra en la Tesorería Distrital el ingreso del valor de la Donación del Gobierno Japonés.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del decreto 714 de 1996 "Los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto Anual del Distrito Capital y se incorporan al mismo como donaciones de capital, mediante Decreto del Gobierno Distrital, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor".
Que por lo anteriormente expuesto es necesario incorporar al Presupuesto Anual del Distrito Capital los recursos provenientes del aporte de la Comunidad Europea y de la Embajada del Japón en la República de Colombia. En virtud de lo anterior,
DECRETA:
Artículo 1º.
Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2008, en la suma de trescientos sesenta y seis millones quinientos sesenta y cuatro mil seiscientos veintiseis pesos ($366.564.626) moneda corriente según el siguiente detalle: | ADMINISTRACIÓN CENTRAL --- 2 | INGRESOS | 2 4 | RECURSOS DE CAPITAL | 366.564.626 2 4 6 | Donaciones | 366.564.626 TOTAL RENTAS E INGRESOS | 366.564.626 TOTAL ADICIÓN RENTAS E INGRESOS | 366.564.626
Artículo 2º.
Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2008, en la suma de trescientos sesenta y seis millones quinientos sesenta y cuatro mil seiscientos veintiseis pesos ($366.564.626) moneda corriente según el siguiente detalle: ADMINISTRACIÓN CENTRAL --- 110 SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO | 3 | GASTOS | 63.978.046 3 3 | INVERSIÓN | 63.978.046 3 3 1 | DIRECTA | 63.978.046 3 3 1 12 | BOGOTÁ Sin indiferencia. Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión | 63.978.046 3 3 1 12 03 | EJE DE RECONCILIACIÓN | 63.978.046 3 3 1 12 03 18 | Atención a población en condiciones de desplazamiento forzado, desmovilización o vulnerabilidad frente a la violencia, con perspectiva de derechos humanos y de derecho internacional humanitario. | 63.978.046 3 3 1 12 03 18 0354 | Programa de atención complementaria a población reincorporada con presencia en Bogotá. | 63.978.046 TOTAL GASTOS E INVERSIONES | 63.978.046 112 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO | 3 | GASTOS | 302.586.580 3 3 | INVERSIÓN | 302.586.580 3 3 1 | DIRECTA | 302.586.580 3 3 1 12 | BOGOTÁ Sin indiferencia. Un compromiso Social contra la Pobreza y la Exclusión | 302.586.580 3 3 1 12 01 | EJE SOCIAL | 302.586.580 3 3 1 12 01 02 | Más y mejor educación para todos y todas | 302.586.580 3 3 1 12 01 02 7369 | Fondo red distrital de bibliotecas | 302.586.580 TOTAL GASTOS E INVERSIONES | 302.586.580 TOTAL ADICIÓN GASTOS E INVERSIONES | 366.564.626
Artículo 3°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 18 días del mes de Marzo de 2008 EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
SAMUEL MORENO ROJAS EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA, JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ **
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