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Acuerdo 335 de 2008

Acuerdo 335 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
335
Año
2008
Fecha
24 de septiembre de 2008
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 335 DE 2008 (Septiembre 24) _Por el cual se establece el inventario de los aparcaderos vinculados a un uso o abiertos al público y se dictan otras disposiciones_ EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Artículo 12 numeral 1 del Decreto 1421 de 1993[Ver Proyecto de Acuerdo 475 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31866)

ACUERDA:

Artículo 1.

Anualmente los alcaldes locales realizarán el inventario de los aparcaderos vinculados a un uso o abiertos al público de su respectiva localidad. Dicho inventario se remitirá dentro de los tres (3) primeros meses del año a las Secretarias Distritales de Gobierno, Hacienda, Planeación, Movilidad y al Departamento Administrativo Especial de la Defensoría del Espacio Público para lo de su competencia.

ARTÍCULO 2.** El inventario de aparcaderos deberá contener, como mínimo, la siguiente información: *Nombre del propietario del establecimiento. *Dirección. *Razón social. *Área. *Cupos de parqueo. *Infraestructura locativa. *Condiciones de funcionamiento y de operación. *Tarifas.

Artículo 3.

El inventario a que se hace referencia en el artículo 1º del presente Acuerdo se constituirá en una herramienta de planeación y ordenamiento urbano para la Secretaria Distrital de Planeación y demás entidades para sus fines pertinentes.

Artículo 4.

El presente Acuerdo rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. |

HIPÓLITO MORENO GUTIÉRREZ | MARTHA LUCÍA CIPAGAUTA CORREA ---|--- Presidente | Secretaria General ** SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

24 de septiembre de 2008 **

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