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Decreto 537 de 2009

Decreto 537 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
537
Año
2009
Fecha
11 de diciembre de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 537 DE 2009 (Diciembre 11) [Liquidado por el Decreto Distrital 560 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38275#0) "Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el artículo 140 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 42 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 140 del Decreto 1421 de 1993 y el artículo 37 del Decreto 714 de 1996, el Gobierno Distrital sometió el Proyecto de Presupuesto Anual del Distrito Capital a consideración del Concejo Distrital, durante los primeros tres (3) días de las sesiones ordinarias del mes de Noviembre, siendo radicado el Proyecto de Presupuesto en la Secretaría General de la Corporación el primer (1) día de noviembre de 2009, el cual fue registrado como Proyecto de Acuerdo Nº 422 de 2009, cumpliendo con todos los requerimientos legales.

Que los aspectos referidos al cumplimiento de la Ley 617 de 2000 y de la Ley 819 de 2003, la adecuada proyección de los ingresos, el endeudamiento y las contingencias se encontraban debidamente incorporados en el Proyecto de Presupuesto Anual presentado, reflejando criterios de eficiencia y responsabilidad en el manejo y sostenibilidad de las finanzas distritales.

Que la Administración Distrital en cumplimiento de la Constitución Política de Colombia; del Código de Infancia y Adolescencia, Ley 1098 de 2006 y de lo establecido en el Plan de Desarrollo Distrital _"Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor",_ Acuerdo 308 de 2008; previó en el Proyecto de Presupuesto Anual para 2010, el desarrollo de líneas de inversión que se encuentran enmarcadas en el contexto de la garantía y defensa de los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes.

Que en el Proyecto de Presupuesto Anual presentado al Concejo de Bogotá, la Administración Distrital consolidó el informe en el cual se precisan los aspectos del desplazamiento en Bogotá, así como las acciones y recursos programados por el Distrito para atender a la población en situación de desplazamiento, en cumplimiento de la Sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional.

Que la Comisión Tercera Permanente de Hacienda y Crédito Público del Concejo Distrital, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 del Decreto 714 de 1996, decidió que el Proyecto de Presupuesto Anual presentado se ajustaba a lo preceptuado en la normatividad vigente y podía continuar su trámite de discusión para aprobación de la Corporación.

Que de acuerdo con el cronograma aprobado por la Comisión Tercera Permanente de Hacienda y Crédito Público del Concejo Distrital, el Secretario Distrital de Hacienda efectuó la presentación del Proyecto de Presupuesto para la vigencia 2010 y los Secretarios de Despacho y Directores de entidades citados realizaron las presentaciones sobre los sectores bajo su coordinación y entidades a cargo.

Que durante el transcurso de las sesiones programadas y efectuadas en la Comisión Tercera Permanente de Hacienda y Crédito Público, en el período de sesiones ordinarias del mes de noviembre de 2009, los honorables concejales manifestaron sus interrogantes, requerimientos y solicitudes de aclaración, información o recursos respecto de las entidades objeto de análisis.

Que durante los debates al Proyecto de Presupuesto Anual presentado no se aprobaron modificaciones al mismo, por parte del Gobierno Distrital.

Que el Concejo de Bogotá, Distrito Capital, no expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010, dentro del plazo y términos previstos en la normatividad vigente.

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 140 del Decreto 1421 de 1993 y el artículo 42 del Decreto 714 de 1996, si el Concejo Distrital no expidiere el Presupuesto Anual del Distrito Capital regirá el proyecto presentado por el Gobierno Distrital.

Que en mérito de lo expuesto,**

DECRETA:

Artículo 1.

Expedir el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010, por la suma de ONCE BILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SIETE MIL PESOS M/CTE ($11,255,858,407,000), conforme al siguiente detalle: PRESUPUESTO ANUAL DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL DISTRIBUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS PRESUPUESTO ANUAL – CONSOLIDADO | | | ** RecursosAdministrados y Recursos Distrito ---|---|---

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