Decreto 474 de 2009
Decreto 474 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 474
- Año
- 2009
- Fecha
- 26 de octubre de 2009
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO 474 DE 2009 (Octubre 26)Derogado por el art. 8, Decreto Distrital 217 de 2017. "Por el cual se adiciona un parágrafo al artículo 1° del Decreto [268](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36517#0) de 2009" por el cual se reglamenta el Acuerdo 356 de diciembre 29 de 2008, que adoptó medidas para el cobro del estacionamiento de vehículos fuera de vía" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 4° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto 268 del 30 de junio de 2009 se reglamentó el Acuerdo 356 del 29 de diciembre de 2008, que adoptó medidas para el cobro del estacionamiento de vehículos fuera de vía, entre otros aspectos reguló que la tarifa se cobraría por minutos.
Que el mencionado Decreto 268 fue modificado mediante el Decreto 406 de 2009, que adicionó el parágrafo 5° al artículo 1° para establecer, entre otros aspectos, que no puede exigirse periodos de permanencia mínimos para el cobro de la tarifa por minutos. En todo caso, pueden adoptarse esquemas de cobro que resulten inferiores al valor liquidado desde el ingreso del vehículo, como el cobro por días, mensualidades, anualidades u otros, los que serán aplicables, siempre que sean iguales o inferiores al resultado del tiempo de permanencia real por la tarifa por minutos.
Que ha sido ampliamente difundido por los medios de comunicación el incumplimiento de la tarifa fijada para la prestación del servicio de estacionamiento fuera de vía, por cuanto se está incrementado la misma en el valor en el IVA.
Que lo anterior desconoce los parámetros de la normatividad vigente en la materia, teniendo en cuenta que el artículo 2° del Acuerdo 356 de 2008 señala como tope máximo el fijado por el Decreto 19 de 2008, el cual a su vez remite a la aplicación de la tarifa fijada por el Decreto Distrital 115 de 2006, y que está norma además de establecer expresamente en su artículo 4° que la tarifa incluye impuestos y costos administrativos, se fundamentó en el análisis económico y financiero que así lo señala claramente.
Que en la medida que el Acuerdo 356 de 2008, en el tema de tarifa, remite a la aplicación del Decreto 19 de 2008, y que el Decreto 268 de 2009 remite a la fórmula contenida en ese Acuerdo, significa que mantiene la misma tarifa fijada por el citado Decreto 19, sino que ahora en cumplimiento de la decisión del Concejo Distrital se calculó el valor por minuto.
Que el Decreto 268 de 2009 se limita a reglamentar lo ordenado por el Acuerdo Distrital 356 de 2008, ello implica que la tarifa fijada remite a la aplicación del Decreto 019 de 2008, el cual a su vez aplica la tarifa prevista en el Decreto 115 de 2006, en todos los casos está incluido el IVA y costos de administración.
Que en virtud de las anteriores consideraciones se hace necesario aclarar el inciso primero del Decreto 268 de 2009.
Que en mérito de lo expuesto, [Ver el Concepto de la Sec. General 020 de 2009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37694#0) **
DECRETA:
Artículo 1°.
Se adiciona un parágrafo al artículo 1° del Decreto [268](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36517#0) de 2009, el cual quedará así: [Derogado por el Decreto Distrital 550 de 2010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41019#2) _ "PARÁGRAFO 6. Los valores máximos establecidos en el presente artículo incluyen el IVA y demás impuestos y costos administrativos que el servicio conlleva"._
Artículo 2°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.** PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de Octubre de 2009 SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN Secretaria Distrital de Gobierno MARÍA CAMILA URIBE SÁNCHEZ Secretaria Distrital de Planeación FERNANDO ÁLVAREZ MORALES Secretaria (sic) Distrital de Movilidad
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