Decreto 390 de 2009
Decreto 390 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 390
- Año
- 2009
- Fecha
- 14 de agosto de 2009
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
**DECRETO 390 DE 2009 (Agosto 14) "Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2009" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 17 del Decreto 714 de 1996, artículo 24 del Acuerdo 340 de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo No. 340 del 19 de diciembre de 2008 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2009, el cual fue liquidado según Decreto No. 466 del 26 de diciembre de 2008.
Que el Municipio de Morón - Argentina y la Alcaldía Mayor de Bogotá - Secretaría Distrital de Planeación, suscribieron el Convenio de Cooperación No. 044/09, firmado el 28 de enero de 2009.
Que el objetivo del Convenio es intercambiar conocimientos y experiencias para elaborar y ejecutar un proyecto que permita institucionalizar el monitoreo de la transversalidad de género en el diseño y aplicación de políticas públicas.
Que los recursos objeto del Convenio serán ejecutados con cargo al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Planeación, en el proyecto 0445 "Coordinación y seguimiento a la política pública distrital de mujer y género".
Que la Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital recibió y efectuó el respectivo trámite de monetización de los dineros los cuales fueron depositados en la cuenta corriente No. 31-492544-95 del Banco Colombia, por valor de cuarenta millones trescientos noventa y siete mil quinientos sesenta y tres pesos ($40.397.563).
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 24 del Acuerdo 340 de 2008, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, y/o donaciones hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto Anual del Distrito Capital y se incorporan al mismo como donaciones de capital, mediante Decreto del Gobierno Distrital, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor.
Que por lo anteriormente expuesto es necesario incorporar al Presupuesto Anual del Distrito Capital el valor correspondiente al primer desembolso del convenio. En virtud de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de cuarenta millones trescientos noventa y siete mil quinientos sesenta y tres pesos ($40.397.563) moneda corriente según el siguiente detalle: ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 2 | | | | | | | INGRESOS | ---|---|---|---|---|---|---|---|--- 2 | 4 | | | | | | RECURSOS DE CAPITAL | 40.397.563 2 | 4 | 6 | | | | | Donaciones | 40.397.563 TOTAL RENTAS E INGRESOS | 40.397.563 TOTAL ADICIÓN RENTAS E INGRESOS | 40.397.563 ARTÍCULO 2º- Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de cuarenta millones trescientos noventa y siete mil quinientos sesenta y tres pesos ($40.397.563) moneda corriente según el siguiente detalle: 120 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN --- | | | | | | GASTOS | 40.397.563 3 | | | | | | INVERSIÓN | 40.397.563 3 | 1 | | | | | DIRECTA | 40.397.563 3 | 1 | 13 | | | | Bogotá positiva: para vivir mejor | 40.397.563 3 | 1 | 13 | 01 | | | CIUDAD DE DERECHOS | 40.397.563 3 | 1 | 13 | 01 | 16 | | Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género | 40.397.563 3 | 1 | 13 | 01 | 16 | 0445 | Coordinación y seguimiento a la política pública distrital de mujer y género | 40.397.563 TOTAL GASTOS E INVERSIONES | 40.397.563 TOTAL ADICIÓN GASTOS E INVERSIONES | 40.397.563 ARTÍCULO 3°-
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los catorce (14) días del mes de agosto de 2009 EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
SAMUEL MORENO ROJAS EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA, JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ **
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto 289 de 2001
DECRETO 289 DE 2001 (10 abril) Por el cual se designan miembros de la Junta Directiva del Centro Distrital de sistematización y Servicios Técnicos ¿ SISE EL AL…
-
Decreto 367 de 2001
Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones para algunas dependencias, en la Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C…
-
Decreto 590 de 1998
DECRETO 590 DE 1998 (Julio l) Derogado por el art. 216, Decreto Único Sectorial 644 de 2025. Por el cual se deroga el Decreto No…
-
Decreto 831 de 1998
DECRETO 831 DE 1998 (octubre l) por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidad…
-
Decreto 3079 de 1997
El Director del Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Un alcalde representante de la Federación Colombiana de Municipios. El Presidente del Conse…