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Decreto 248 de 2009

Decreto 248 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
248
Año
2009
Fecha
18 de junio de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 248 DE 2009 (Junio 18)[Derogado por el Decreto Único Sectorial 642 de 2025 ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191904#668) "Por el cual se modifica el Decreto[029](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34851#0)del 27 de enero de 2009" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por los artículos 39 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el artículo 38 del Acuerdo Distrital Nº. 257 de 2006 y,

CONSIDERANDO:

Que el día 27 de enero de 2009, fue expedido el Decreto Distrital Nº. 029, mediante el cual se creó con carácter temporal, la Comisión Intersectorial para la preparación, organización y desarrollo del torneo de fútbol FIFA U – 20 WORLD CUP COLOMBIA 2011, en la Subsede Bogotá, Distrito Capital.

Que en virtud de lo anterior, en el Artículo 1º del Decreto antes aludido, se dispuso que dicha Comisión Intersectorial, estará integrada por los siguientes miembros: 1. El (la) Secretario(a) Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, quien lo presidirá. 2. El (la) Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. 3. El (la) Secretario (a) Privado de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. 4. El (la) Secretario(a) Distrital de Gobierno. 5. El (la) Secretario(a) Distrital de Movilidad. 6. El (la) Secretario(a) Distrital de Salud. 7. El (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda. 8. El (la) Secretario(a) Distrital de Educación. 9. El (la) Secretario(a) Distrital de Medio Ambiente. 10. El (la) Secretario (a) Distrital de Planeación. 11. El (la) Director(a) General del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte. 12. El (la) Director(a) del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público. 13. El (la) Director (a) General del Instituto Distrital de Turismo.

Que debido a los múltiples compromisos que deben ser asumidos por los funcionarios públicos citados en el considerando anterior, dadas las competencias propias que les han sido asignadas a cada uno de sus Despachos, se hace necesario mediante el presente Decreto prever, la posibilidad de que cada uno de los miembros, cuente con la facultad de delegar en uno de sus funcionarios del más alto nivel, su asistencia a las sesiones de la Comisión para las cuales sean convocados, en el evento en que les sea a éstos imposible asistir a las mismas.

Que adicionalmente se estima necesario precisar en el presente Decreto, que el Informe Mensual que debe rendirse conforme a lo establecido en el Parágrafo Segundo del Artículo 1º del Decreto 029 de 2009, deberá ser presentado por el Director del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, quien actualmente ejerce la Secretaría Técnica de la Comisión.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.

Modificado por el [art. 1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41497#1), Decreto Distrital 54 de 2011,

Modificar el Artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34851#1) del Decreto 029 de 2009, el cual quedará así: Crear con carácter, la Comisión Intersectorial para la preparación, organización y desarrollo del torneo de fútbol _FIFA U – 20 WORLD COLOMBIA 2011_, en la subsede Bogotá, Distrito Capital, la cual estará integrada por los siguientes servidores públicos: 1. El (la) Secretario(a) Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, quien lo presidirá, o su delegado 2. El (la) Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. o su delegado 3. El (la) Secretario (a) Privado de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., o su delegado 4. El (la) Secretario(a) Distrital de Gobierno, o su delegado 5. El (la) Secretario(a) Distrital de Movilidad, o su delegado 6. El (la) Secretario(a) Distrital de Salud, o su delegado 7. El (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda, o su delegado 8. El (la) Secretario(a) Distrital de Educación, o su delegado 9. El (la) Secretario(a) Distrital de Medio Ambiente, o su delegado 10. El (la) Secretario (a) Distrital de Planeación, o su delegado 11. El (la) Director(a) General del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, o su delegado 12. El (la) Director(a) del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, o su delegado 13. El (la) Director (a) General del Instituto Distrital de Turismo, o su delegado PARÁGRAFO PRIMERO:** En el evento que los Directivos que integran la Comisión Sectorial, no puedan asistir a las sesiones de la Comisión para las cuales sean convocados, deberán delegar dicha participación en un funcionario del más alto nivel de la Entidad.

Parágrafo. SEGUNDO.** La Comisión, a través del Director del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, presentará informes mensuales al Despacho del Alcalde Mayor, respecto de la evolución de sus actividades.

Parágrafo. TERCERO.** La Comisión Intersectorial de que trata el presente Decreto, podrá convocar como invitados especiales con derecho a voz, pero sin voto, a personas o representantes de organismos nacionales e internacionales, que por su conocimiento y experiencia en este tipo de actividades, puedan contribuir con sus aportes para alcanzar sus objetivos.

Parágrafo. CUARTO.** Serán aplicables para el funcionamiento de la Comisión las disposiciones contenidas en el Decreto Distrital 546 de 2007. La Secretaría Técnica de la Comisión estará a cargo del Director General del Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte – IDRD. Para el desempeño de su función, podrá tener soporte técnico en la (sic) Unidades Técnicas de Apoyo – UTA de que trata el artículo 6º del Decreto Distrital No. 546 de 2007.

Artículo 2º.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de junio de 2009 | ** SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde | CATALINA RAMÍREZ VALLEJO Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte** ---|---

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