Jurismart

Decreto 007 de 2009

Decreto 7 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
007
Año
2009
Fecha
5 de enero de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 007 DE 2009 (Enero 05) "Por el cual se modifica la delimitacion cartográfica de los sectores normativos 10 y 15 de la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) 27, Suba, adoptada mediante Decreto Distrital [615](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22597#0) del 29 de diciembre de 2006"_._ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D.C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 38, numeral 4º, del Decreto Ley 1421 de 1993 y 426 del Decreto Distrital 190 de 2004, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Distrital 615 de 2006 se reglamentó la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No.27, SUBA, de conformidad con las disposiciones del Plan de Ordenamiento Territorial - Decreto Distrital 190 de 2004, y se adoptó, como parte integral del mismo, las fichas reglamentarias y los planos correspondientes a los sectores normativos que conforman la UPZ 27, SUBA.

Que mediante la Resolución 133 de junio 24 de 1985, expedida por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital (hoy Secretaría Distrital de Planeación), se aprobó el Proyecto General (Plano Urbanístico 428/4) de la Agrupación de Vivienda Prados de Suba, se establecieron sus normas y se concedió licencia de urbanismo.

Que la referida Resolución 133 de 1985 concibió tres etapas urbanísticas para la Agrupación de Vivienda Prados de Suba, de las cuales las etapas uno (1) y dos (2), forman parte del Sector Normativo 15 de la Unidad de Planeamiento Zonal - UPZ SUBA, regulado por el Tratamiento de Consolidación Urbanística, y la etapa tres (3) delimitada por el Sector Normativo 10, está regulada por el Tratamiento de Renovación Urbana de la misma UPZ.

Que las tres (3) etapas de la Agrupación de Vivienda cuentan con obras de urbanismo finalizadas, y en tanto que las etapas uno (1) y dos (2) adelantaron procesos de construcción, la etapa tres (3) aún se encuentra sin construir.

Que verificada en terreno la situación actual de la Agrupación de Vivienda Prados de Suba, por parte de la Secretaría Distrital de Planeación, se encontró que es pertinente dejar la etapa tres (3) de la Agrupación de Vivienda dentro del Tratamiento de Consolidación Urbanística y no como está actualmente dentro del Tratamiento de Renovación.

Que en consecuencia, es necesario modificar la delimitacion cartográfica de los Sectores Normativos 10 y 15 de la UPZ 27, SUBA, para hacer la corrección antes anotada y, así mismo, efectuar los ajustes pertinentes en los planos mencionados. En mérito de lo expuesto,**

DECRETA:

Artículo 1º.

Modificar la delimitacion cartográfica en las planchas No. 2 (usos) y 3 (edificabilidad) de los Sectores Normativos 10 y 15 del Decreto [615](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22597#0) de 2006, reglamentario de la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No. 27 SUBA, de la siguiente manera:

1. Excluir del Sector Normativo No. 10, la Etapa Tres de la Agrupación de Vivienda Prados de Suba, conforme a los planos anexos 1 y 2.
2. La etapa Tres de la Agrupación queda incluida en el sector Normativo 15, Subsectores de Usos XI y de Edificabilidad K, regulado por las normas del Área de Actividad Residencial con Zonas Delimitadas de Comercio y Servicios y Tratamiento de Consolidación Urbanística, tal y como se indica en los planos anexos 1 y 2.

**

Artículo 2º.

La Secretaria Distrital de Planeacion deberá incorporar las anotaciones correspondientes en las planchas de usos y de edificabilidad (Sectores Normativos 10 y 15 de la UPZ 27, Suba), conforme a las disposiciones adoptadas en este Decreto y en los planos anexos 1 y 2 que hacen parte del presente Decreto.

Artículo 3º.

El presente Decreto rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y deroga las disposiciones que le sean contrarias. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 462 del Decreto 190 de 2004, este Decreto deberá publicarse en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de Obra.** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C. a los 05 días del mes de enero del 2009 SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor OSCAR ALBERTO MOLINA GARCIA Secretario Distrital de Planeación

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar