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Acuerdo 402 de 2009

Acuerdo 402 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
402
Año
2009
Fecha
25 de septiembre de 2009
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 402 DE 2009 (Septiembre 25) "Por medio del cual se establece el censo social integral de los vehículos de tracción animal (VTA) que circulan por el Distrito Capital" EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C. En uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el Decreto-Ley 1421 de 1993, en su artículo 12, numeral 1.[Ver Proyectos de Acuerdo 223](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36081) [y 312 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36956)

ACUERDA:

Artículo 1º.

Objeto:** Ordénese la realización de un censo social integral de los propietarios y familias, de aquellas personas que poseen Vehículos de Tracción Animal (VTA) que circulan por el Distrito Capital.

Parágrafo. Los resultados del Censo, serán el insumo base sobre el cual se realizará la formulación de un Plan Integral Alternativo y Sustitutivo para los conductores de vehículos de tracción animal.

Artículo 2º.

Responsable del censo: **La Secretaría Distrital de Movilidad, en coordinación con la Secretaría de Integración Social, serán las entidades encargadas de formular los lineamientos para la realización de dicho censo, el cual deberá ser realizado en un plazo no mayor de un (1) año contado a partir de la fecha de promulgación del presente Acuerdo.

Parágrafo. Posterior a la realización de dicho censo, no se permitirá el ingreso de nuevas personas a la base de datos del mismos para ser beneficiario de los programas que se formulen. [Ver Concepto de la Sec. General 42277 de 2011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44781#0)

Artículo 3º.

El censo a los propietarios, familias y carretas de aquellas personas que poseen Vehículos de Tracción Animal (VTA) deberá contener, como mínimo, la siguiente información:

Del propietario del VTA**: Nombre, documento de identidad, ciudad natal, edad, escolaridad, dirección, localidad, tipo de vivienda, vinculación en el sistema de salud, años en la actividad, horas trabajadas diariamente, personas que dependen de sus ingresos, promedio de ingreso mensual, programas sociales de los que hace parte o ha sido beneficiario, que actividad laboral ha desempeñado anteriormente.

De la familia del propietario del VTA**: composición del núcleo familiar, nombres, edad, escolaridad, vinculación en el sistema educativo y de salud, programas sociales de los que hace parte o ha sido beneficiario.

Del VTA:** Número de registro del VTA, edad del animal, estado de salud, vacunas, último exámen veterinario, cantidad de animales que ha tenido a su propiedad, costo promedio del animal, gastos mensuales en los que se incurre para el mantenimiento del VTA.

Artículo 4°.

VIGENCIA. El presente acuerdo rige a partir de su sanción y publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE** |

SOLEDAD TAMAYO TAMAYO | ROSA ELENA MORALES MENESES ---|--- Presidenta | Secretaría General ** SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

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