Acuerdo 367 de 2009
Acuerdo 367 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 367
- Año
- 2009
- Fecha
- 1 de abril de 2009
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 367 DE 2009 (Abril 01) "Por el cual se insta a la Administración Distrital a que informe de manera permanente, pública y masiva el estado de la contaminación atmosférica en la ciudad de Bogotá, D. C., y se dictan otras disposiciones" EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C., En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 7 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993
ACUERDA:
Ver los Decretos Distritales [174](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20361#0) y [417](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21818#0) de 2006; Ver el Acuerdo Distrital [267](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22562#0) de 2006, [Proyecto de Acuerdo 022 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34890)
Artículo 1.
Objeto.** La información de las Estaciones de la Red de Monitoreo de Calidad del Aire de Bogotá será permanente, pública y masiva. Deberá ser publicada, máximo dentro de las 12 horas siguientes a la recepción de los datos, en la página Web de la Secretaría Distrital de Ambiente y suministrada a medios masivos de comunicación.
Artículo 2.
Medición.** La Secretaría Distrital de Ambiente, habilitará dentro del programa de Monitoreo de calidad del Aire de la Ciudad, la medición del parámetro CO2.
Parágrafo. La Secretaría Distrital de Ambiente en coordinación con la Secretaría Distrital de Movilidad, articularán la Red de Monitoreo de Calidad del Aire de Bogotá – RMCAB- con el Sistema Integrado de Transporte Público – SIPT-.
Artículo 3.
Competencia.** El Alcalde Mayor, a través
de Secretaria Distrital de Ambiente, realizará las gestiones pertinentes para cumplir el objeto del presente Acuerdo.
Artículo 4.
Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE** |
SOLEDAD TAMAYO TAMAYO | MARTHA LUCÍA CIPAGAUTA CORREA ---|--- Presidenta | Secretaría General ** SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.
01 de abril de 2009 NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4182 de abril 2 de 2009 **
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