Acuerdo 366 de 2009
Acuerdo 366 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Acuerdo
- Número
- 366
- Año
- 2009
- Fecha
- 1 de abril de 2009
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
ACUERDO 366 DE 2009 (Abril 01) "Por medio del cual se establecen lineamientos de política pública para la atención, inclusión y mejoramiento de la calidad de vida del habitante de calle en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones" EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C., En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 12, numerales 1 y 10 del Decreto Ley 1421 de 1993
ACUERDA:
Ver los Decretos Distritales [136](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16474#0) de 2005 y [170](http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=24020#0) de 2007, [Proyecto de Acuerdo 008 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34749) ARTÍCULO 1. Objetivo. La Administración Distrital, establecerá la implementación de los lineamientos de una política pública integral e inter-sectorial, que promueva la atención, inclusión social y mejoramiento de la calidad de vida del habitante de calle, en el Distrito Capital, de tal modo que establezca compromisos de responsabilidad y corresponsabilidad de la ciudad, a fin de garantizar los derechos de esta población.
Artículo 2.
Finalidad.** Liderar acciones que promuevan el acceso a una vida con igualdad de oportunidades al habitante de calle, priorizando en estrategias de prevención, atención, formación, desarrollo personal e inclusión social.
Artículo 3.
Lineamientos Rectores.** Para garantizar el acceso de la mencionada población a un adecuado nivel socio-económico, que asegure su esperanza de vida en el Distrito Capital, la Administración Distrital tendrá en cuenta los siguientes lineamientos rectores: 1.
Que se atienda las necesidades de esta población y que se asegure su inclusión en los temas sociales y económicos de su gobierno, articulando inter-sectorialmente las estrategias formuladas. 2. Elaboración periódica de un censo sectorial y social del habitante de calle, que determine el número de personas que conforman este grupo poblacional, sus características sociodemográficas básicas, como lo son el nivel educativo, rangos de edad y sexo, entre otras. 3. Desarrollo de proyectos de atención a la población infantil que se encuentra en la calle, que garanticen la satisfacción básica de sus necesidades, tales como la alimentación, educación y formación afectiva, que aporten elementos fundamentales en su proceso de formación integral. 4. Desarrollo de programas especiales para las personas habitantes de calle en condición de discapacidad física, síquica, sensorial, con atención especial en la alimentación y actividades de rehabilitación física, mental y emocional, entendiendo que son más vulnerables y con menos oportunidades. 5. Diseñar e implementar, estrategias que permitan atender desde un enfoque de derechos a la población del habitante de calle de la ciudad. 6. Establecer medidas que aseguren al habitante de calle, un adecuado proceso de reintegración a la vida social, económica, laboral y política; garantizando la inclusión en el sistema educativo, al trabajo digno y el acceso a la recreación y al deporte. 7. Diseñar e implementar estrategias de prevención que permitan disminuir los factores que suscitan la permanencia de la población objeto de este acuerdo.
Artículo 4.
Implementación y Desarrollo. **Estará en cabeza de la Secretaría Distrital de Integración Social, en coordinación con los sectores y sus respectivas entidades adscritas y vinculadas, responsables de crear programas dirigidos a la inclusión social, de promover acciones conjuntas y coordinadas entre los diferentes sectores e instituciones; además serán quienes velaran por el cumplimiento, continuidad y control de los lineamientos, estrategias y demás disposiciones contenidas en el presente acuerdo.
Artículo 5.
Informe de Avances.** La política pública para la atención, inclusión y mejoramiento de la calidad de vida del habitante de calle en el Distrito Capital, se medirá en cada uno de los sectores de Bogotá, mediante un informe anual con la rendición de cuentas, correspondiente a los resultados obtenidos con la implementación del presente Acuerdo.
Artículo 6.
Vigencia. Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE** |
SOLEDAD TAMAYO TAMAYO | MARTHA LUCÍA CIPAGAUTA CORREA ---|--- Presidenta | Secretaría General ** SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.
01 de abril de 2009 NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4182 de abril 2 de 2009 **
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Acuerdo 001 de 2023
ACUERDO 001 DE 2023 (sic) Por medio del cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico en la Secretaría Distrital de Movilidad LOS MIEMBROS DEL…
-
Acuerdo 007 de 2023
ACUERDO 007 DE 2023 (sic) Por el cual se crea el Comité Técnico de Seguimiento para el Cumplimiento a la Sentencia SU-288 de 2022…
-
Acuerdo 013 de 2023
Derogado por el art. 04 del Acuerdo 014 de 2024 EL COMITÉ DEFENSA JUDICIAL, CONCILIACIÓN Y REPETICIÓN DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ…
-
Acuerdo 001 de 2021
ACUERDO 01 DE 2021 Por medio del cual se actualiza el reglamento interno del Comité Intersectorial de Coordinación Jurídica del Sector Cultura, Recreación y De…
-
Acuerdo 001 de 2020
ACTA 1 ACUERDO 001 DE 2020 (Junio 02) Por medio del cual se adoptan los lineamientos para los casos en los que se solicite la conciliación extrajudicial frente…