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Acuerdo 453 de 2010

Acuerdo 453 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
453
Año
2010
Fecha
24 de noviembre de 2010
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 453 DE 2010 (Noviembre 24) _Por medio del cual se crea el servicio de apoyo pedagógico escolar para niños, niñas y jóvenes hospitalizados e incapacitados en la red adscrita a la Secretaria Distrital de Salud_ EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política de Colombia Artículo 67 y en especial las conferidas en el Artículo 12 del Decreto 1421 de 1993,[Ver Proyecto de Acuerdo 186 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39933) A C U E R D A:

Artículo primero.

OBJETO.-** El presente acuerdo tiene por objeto facilitar el proceso de educación formal de los niños, niñas y jóvenes, que por enfermedad o tratamientos médicos, se encuentren hospitalizados o incapacitados.

Artículo segundo.

BENEFICIARIOS.-** Los niños, niñas y jóvenes en edad escolar que se encuentren hospitalizados e incapacitados, en la red adscrita a la Secretaria Distrital de Salud recibirán apoyo pedagógico escolar, de acuerdo con su estado de salud y grado de escolaridad.

Artículo tercero.

FUNCIONAMIENTO.-** El apoyo pedagógico escolar se ofrecerá en la red adscrita a la Secretaria Distrital de Salud cuando sea requerido por parte de los padres o acudientes de los menores escolares, en cuyo caso se deberá acompañar a la solicitud el concepto favorable del médico tratante.

Parágrafo. -** La Secretaría Distrital de Educación, para cumplir con el objeto del presente acuerdo, también podrá realizar convenios con entidades del sector privado que presten servicios hospitalarios.

Artículo cuarto.

IMPLEMENTACION**.- La Administración Distrital reglamentará y coordinará la ejecución del presente acuerdo, estableciendo mecanismos que permitan el desarrollo progresivo de su contenido, según la disponibilidad de recursos presupuestales asignados a las Secretarías Distritales de Educación y de Salud, más los que ingresen de otras fuentes.

Artículo quinto.

VIGENCIA.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE** |

CELIO NIEVES HERRERA | GLADYS GARCÍA HURTADO ---|--- Presidente | Secretaría General ** SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4546 de noviembre 25 de 2011.

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