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Acuerdo 428 de 2010

Acuerdo 428 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
428
Año
2010
Fecha
16 de febrero de 2010
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 428 DE 2010 (Febrero 16) [Reglamentado por el Decreto Distrital 400 de 2010](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40363#0) _Por medio del cual se derogan los Acuerdos No.[55](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33324)de 1911 y[45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33325)de 1964 y se dictan otras disposiciones_ EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las consagradas en los artículos 12, numeral 1 y 35 del Decreto 1421 de 1993,[Ver Proyectos de Acuerdo 387](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37534) [y 436 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38521)

ACUERDA:

Artículo primero.

Derógasen los Acuerdos Números [55](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33324#0) de 1911 "Por el cual se dispone la manera de cumplir una cláusula testamentaria", y [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33325#0) de 1964, "Por el cual se reforman unos artículos del Acuerdo 55 de 1.911".

Artículo segundo.

El Alcalde Mayor de la ciudad dará cumplimiento, en cuanto hubiere lugar a ello en derecho y de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y demás normas vigentes, a la voluntad testamentaria del señor Rufino José Cuervo sobre el legado de que trataban los Acuerdos mencionados en el artículo primero del presente Acuerdo.

Artículo tercero.

El presente acuerdo rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE |

SOLEDAD TAMAYO TAMAYO | ROSA ELENA MORALES MENESES ---|--- Presidenta | Secretaría General ** SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

Febrero 16 de 2010 **

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