Decreto 289 de 2010
Decreto 289 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 289
- Año
- 2010
- Fecha
- 26 de julio de 2010
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO 289 DE 2010 (Julio 26) "Por el cual se efectúa una modificación en el presupuesto Anual de Rentas e lngresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2010" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 17 del Decreto 714 de 1996, artículo 25 del Decreto 537 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto No. [537](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38191#0) del 11 de diciembre de 2009, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2010. el cual fue liquidado según Decreto No. 560 del 22 de diciembre de 2009.
Que la Secretaría Distrital de Gobierno y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, suscribieron el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable No. ATN/SF - 11232 - RG, firmado el 25 de noviembre de 2008.
Que el objeto del Convenio es aunar esfuerzos para fomentar la capacidad institucional de los gobiernos locales de la región para el diseño y ejecución de políticas de seguridad ciudadana eficaces y sostenibles.
Que los recursos objeto del Convenio serán ejecutados con cargo al Presupuesto de Gastos. e Inversiones de la Secretaría Distrital de Gobierno, en el proyecto 0357 "Creación y fortalecimiento del centro de estudio y análisis en convivencia y seguridad ciudadana de Bogotá".
Que la Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital recibió y efectuó el respectivo trámite de monetización de los dineros los cuales fueron depositados en la cuenta de ahorros No. 0060-0087805-5 del Banco Davivienda por valor de ciento dieciocho millones ochocientos cuarenta y siete mil quinientos cincuenta y cinco pesos ($118.847.555), para ser incorporados en la vigencia 2010.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 25 del Decreto 537 de 2009, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, y/o donaciones hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto Anual del Distrito Capital y se incorporan al mismo como donaciones de capital, mediante Decreto del Gobierno Distrital, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor.
Que por lo anteriormente expuesto es necesario incorporar al Presupuesto Anual del Distrito Capital el valor correspondiente al segundo desembolso del convenio. En virtud de lo anterior,**
DECRETA:
ARTÍCULO 1°·Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de ciento dieciocho millones ochocientos cuarenta y siete mil quinientos cincuenta y cinco pesos ($118.847.555) moneda corriente según el siguiente detalle: | ADMINISTRACIÓN CENTRAL** ---
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