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Decreto 284 de 2010

Decreto 284 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
284
Año
2010
Fecha
19 de julio de 2010
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 284 DE 2010 (Julio 19)[Derogado y compilado por el Decreto Único Sectorial 651 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191871) "Por el cual se delega la representación legal del Distrito Capital para efectos de la constitución y desarrollo de la Red Regional para el Emprendimíento Bogotá, D.C.- Cundinamarca" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 40 del Decreto Ley1421de 1993,el artículo 9°de la Ley 489 de 1998, y el artículo 6°delaLey 1014 de 2006, y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el articulo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Alcalde Mayor podrá delegar las funciones que le asigne la ley y los acuerdos en los Secretarios de Despacho, Directores de Departamento Administrativo, Gerentes o Directores de entidades descentralizadas, en los funcionarios de la administración tributaria, y en las Juntas Administradoras y los Alcaldes Locales.

Que de conformidad con el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que según el artículo 6° de la Ley 1014 de 2006, la Red Regional para el Emprendimiento adscrita a la Gobernación Departamental, estará integrada por los delegados de las entidades e instituciones allí señaladas, dentro de las cuales está la Alcaldía de la ciudad capital.

Que conforme al parágrafo del artículo 6°de la citada Ley, los delegados que integran la Red Regional para el Emprendimiento deberán ser permanentes mediante delegación formal del representante legal de la institución respectiva y deberán ejercer funciones relacionadas con el objeto de dicha Ley.

Que en virtud de lo señalado en artículo 38 del Acuerdo Distrital 257de 2006 y demás normas citadas, se considera pertinente delegar en el/la Secretario/a Distrital de Desarrollo Económico, la representación legal del Distrito Capital, para efectos de la constitución y desarrollo de la Red Regional para el Emprendimiento Bogotá, D.C. - Cundinamarca, quien en el ejercicio de dicha delegación deberá cumplir la Ley 1014 de 2006 y demás normas aplicables sobre la materia. **

DECRETA:

Artículo 1°.- Delegar en el (la) Secretario(a) Distrital de Desarrollo Económico, la representación legal del Distrito Capital, para efectos de la constitución y desarrollo de la Red Regional para el Emprendimiento Bogotá, D.C. - Cundinamarca, quien en el ejercicio de dicha delegación deberá cumplir la Ley 1014 de 2006 y demás normas aplicables sobre la materia.[Ver art. 149, Decreto 651 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191871#149)Parágrafo.-** EI (la) Suplente en caso de ausencia del(la) Delegado(a) a que hace referencia el presente artículo, será el (la) Directora(a) de Formación y Desarrollo Empresarial de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Artículo 2°.

- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE y CÚMPLASE. Dado en Bogotá., D.C., a los 19 días del mes de julio de 2010 SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor YURI CHILLÁN REYES Secretario General

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