Decreto 209 de 2010
Decreto 209 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 209
- Año
- 2010
- Fecha
- 4 de junio de 2010
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 209 DE 2010 **DECRETO 209 DE 2010 (Junio 4) _Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2010_ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 17 del Decreto 714 de 1996, artículo 25 del Decreto 537 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto No. 537 del 11 de diciembre de 2009 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2010, el cual fue liquidado según Decreto No. 560 del 22 de diciembre de 2009.
Que el Municipio de Morón - Argentina y la Alcaldía Mayor de Bogotá - Secretaría Distrital de Planeación, suscribieron el Convenio de Cooperación No. 044/09, firmado el 28 de enero de 2009.
Que el objetivo del Convenio es intercambiar conocimientos y experiencias para elaborar y ejecutar un proyecto que permita institucionalizar el monitoreo de la transversalidad de género en el diseño y aplicación de políticas públicas.
Que los recursos objeto del Convenio serán ejecutados con cargo al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Planeación, en el proyecto 0661 "Coordinación y seguimiento a la implementación de las políticas públicas distritales de mujeres y equidad de género y para la garantía plena de los derechos de las personas de los sectores LGBT".
Que la Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital recibió y efectuó el respectivo trámite de monetización de los dineros los cuales fueron depositados en la cuenta de ahorros No. 31-492544-95 del Banco Colombia, por valor de veintiún millones ochenta y dos mil quinientos cincuenta pesos ($21.082.550).
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 25 del Decreto 537 de 2009, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, y/o donaciones hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto Anual del Distrito Capital y se incorporan al mismo como donaciones de capital, mediante Decreto del Gobierno Distrital, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. En virtud de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º- Adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de veintiún millones ochenta y dos mil quinientos cincuenta pesos ($21.082.550) moneda corriente, según el siguiente detalle: | ADMINISTRACIÓN CENTRAL --- 2 | | | | | | | INGRESOS | 2 | 4 | | | | | | RECURSOS DE CAPITAL | 21.082.550 2 | 4 | 6 | | | | | Donaciones | 21.082.550 TOTAL RENTAS E INGRESOS | 21.082.550 TOTAL ADICIÓN RENTAS E INGRESOS | 21.082.550 ARTÍCULO 2º- Adicionar el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de veintiún millones ochenta y dos mil quinientos cincuenta pesos ($21.082.550) moneda corriente según el siguiente detalle:
120 SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN | ---|--- 3 | | | | | | | GASTOS | 21.082.550 3 | 3 | | | | | | INVERSIÓN | 21.082.550 3 | 3 | 1 | | | | | DIRECTA | 21.082.550 3 | 3 | 1 | 13 | | | | Bogotá positiva: para vivir mejor | 21.082.550 3 | 3 | 1 | 13 | 01 | | | CIUDAD DE DERECHOS | 21.082.550 3 | 3 | 1 | 13 | 01 | 16 | | Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género | 21.082.550 3 | 3 | 1 | 13 | 01 | 16 | 0661 | Coordinación y seguimiento a la implementación de las políticas públicas distritales de mujeres y equidad de genero y para la garantía plena de los derechos de las personas de los sectores LGBT" | 21.082.550 TOTAL GASTOS E INVERSIONES | 21.082.550 TOTAL ADICIÓN GASTOS E INVERSIONES | 21.082.550 ARTÍCULO 3°- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del mes de junio de 2010 EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
SAMUEL MORENO ROJAS EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ **
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