Decreto 680 de 2011
Decreto 680 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 680
- Año
- 2011
- Fecha
- 29 de diciembre de 2011
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 680 DE 2011 (Diciembre 29)
[Derogado por el art. 6, Decreto Distrital 356 de 2012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48509#6) "Por el cual se establece la tarifa del Sistema de Transporte Masivo Urbano de Pasajeros - Sistema TransMilenio – en el Distrito Capital" LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. (D) En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el literal c) del artículo 1ro del Decreto 80 de 1987; la Ley 105 de 1993; la Ley 336 de 1996; el Decreto 105 de 1995; Decreto Distrital 831 de 1999, y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido por el literal c) del artículo 1º del Decreto Ley 80 de 1987, corresponde al Distrito Capital de Bogotá, dentro de su jurisdicción fijar las tarifas del transporte terrestre urbano y suburbano, de pasajeros y mixto, cuando no sea subsidiado por el Estado".
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 336 de 1996, por el cual se adopta el Estatuto Nacional de Transporte, las autoridades competentes elaborarán los estudios de costos que sirvan de base para el establecimiento de las tarifas.
Que el artículo 10 del Decreto Distrital 831 de 1999, establece que la tarifa al usuario por el uso del servicio de transporte público masivo de pasajeros, bajo la modalidad terrestre automotor, será integrada, debiendo cumplir con principios de autosostenibilidad y costeabilidad de la tarifa y se instrumentará mediante la determinación de una tarifa técnica equilibrada que incorporará la canasta de costos de la operación del Sistema de Transporte Masivo Urbano de Pasajeros – TRANSMILENIO -, y que tendrá en consideración el volumen de usuarios del mismo.
Que la Empresa de Transporte del Tercer Milenio – TRANSMILENIO S.A.- ha realizado los estudios técnicos y económicos correspondientes, los cuales fueron puestos a consideración de la Secretaría Distrital de Movilidad, por lo que la Secretaria de Despacho y la Directora de Asuntos Legales de la Secretaría Distrital de Movilidad, recomiendan su suscripción, aprobando así el incremento de la tarifa al usuario del servicio público de transporte masivo del sistema Transmilenio a mil setecientos cincuenta pesos ($1.750.oo) con 00/100 M.L.
Que en mérito de lo expuesto,**
DECRETA:
Artículo 1º. Establecer la tarifa máxima del servicio de transporte masivo urbano de pasajeros del Sistema TransMilenio, en mil setecientos cincuenta pesos ($1.750.oo) con 00/100 M.L. Artículo 2º. [Derogado por el art. 1, Decreto Distrital 324 de 2012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48100#1). A la entrada en operación del Sistema Integrado de Transporte Público SITP - Fase III de TransMilenio, establecer la tarifa máxima del servicio de transporte masivo urbano de pasajeros del Sistema TransMilenio, en mil ochocientos pesos ($1.800.00) con 00/100 M.L. Artículo 3º. El presente decreto deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto [547](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41014#0) del 29 de diciembre de 2010, y rige a partir del 1º de Enero de 2012. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de Diciembre del año 2011 CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN Alcaldesa Mayor (D) FERNANDO ÁLVAREZ MORALES Secretario Distrital de Movilidad
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