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Decreto 440 de 2011

Decreto 440 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
440
Año
2011
Fecha
30 de septiembre de 2011
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO 440 DE 2011 (Septiembre 30) "Por el cual se determina la categorización de Bogotá Distrito Capital para la vigencia 2012" LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (D) En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el parágrafo 5º del artículo 2º de la Ley 617 de 2000, y,

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo [5º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3771#5*) del artículo 2º de la Ley 617 de 2000, establece:_ "Los alcaldes determinarán anualmente, mediante decreto expedido antes del treinta y uno (31) de octubre, la categoría en la que se encuentra clasificado para el año siguiente, el respectivo distrito o municipio. Para determinar la categoría, el decreto tendrá como base las certificaciones que expida el Contralor General de la República sobre los ingresos corrientes de libre destinación recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior, y la certificación que expida el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, sobre población para el año anterior."(…)_ Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE expidió mediante oficio 20111510061041 la certificación según la cual la población proyectada para Bogotá, Distrito Capital es de 7.363.782 habitantes, información definitiva resultante de aplicar varios métodos estadísticos, según la disponibilidad de información y la escala geográfica, Población Proyectada a 30 de junio de 2010, con base en el Censo General de 2005.

Que la Contraloría General de la República expidió la certificación Nº 0004259 donde establece que Bogotá, Distrito Capital recaudó efectivamente durante la vigencia fiscal de 2010, ingresos corrientes de libre destinación por la suma de $ 3.574.563.006 miles.

Que en dicha certificación se estableció que los gastos de funcionamiento del Municipio de Bogotá, Distrito Capital representaron el 35,11% de sus ingresos corrientes de libre destinación.

Que de acuerdo con lo preceptuado por el artículo 2º de la Ley 617 de 2000 Bogotá, D.C., tiene una población superior a quinientos mil un (500.001) habitantes y sus ingresos corrientes de libre destinación son superiores a cuatrocientos mil (400.000) salarios mínimos legales mensuales, es decir superiores a $214.240.000 miles encontrándose por tanto en la categoría especial.

Que de conformidad con lo estipulado en el parágrafo transitorio del artículo 2° de la Ley 617 de 2000, se debe remitir copia de este Decreto al Ministerio del Interior y de Justicia, hoy Ministerio del Interior, de conformidad con el artículo 38 del Decreto Nacional 2893 de 2011, para su registro. En mérito de lo expuesto,**

DECRETA:

Artículo 1º. La categorización de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2012 es de carácter "Especial". Artículo 2º. Remitir copia de este Decreto al Ministerio del Interior para su registro. Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de septiembre de dos mil once (2011). CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. Designada HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ Secretario Distrital de Hacienda NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4745 de octubre 4 de 2011.

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