Decreto 368 de 2011
Decreto 368 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 368
- Año
- 2011
- Fecha
- 8 de agosto de 2011
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 368 DE 2011 **DECRETO 368 DE 2011 (Agosto 08) _Por el cual se otorga la Mención Cívica "Amor por Bogotá" al Padre JESÚS ANTONIO RAMÍREZ GIRALDO_ LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (D) Como Jefe de Gobierno de la Administración Distrital, en ejercicio de las atribuciones señaladas en el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 1° del Decreto Distrital 241 de 2008, y,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Distrital creó mediante el Decreto N° 241 de 2008 la Mención Cívica "Amor por Bogotá" para reconocer e incentivar el compromiso social de los ciudadanos y ciudadanas con la Capital de la República, que podrá ser entregado a personas naturales o jurídicas.
Que con ocasión del cumpleaños número 473 de Bogotá, la Administración Distrital reconocerá e incentivará el espíritu ciudadano y la corresponsabilidad como actitudes cívicas que promueven el bienestar y la prosperidad general, la cultura y convivencia ciudadanas, y facilitan el cumplimiento de los fines estatales.
Que la Alcaldía Local de Suba, postuló al Padre JESÚS ANTONIO RAMÍREZ GIRALDO, identificado con la cédula de ciudadanía N° 15.322.924 de Yarumal, por la labor desarrollada en la Fundación Misioneros Divina Redención San Felipe Neri, a través de la cual ha construido un Plan Integral de Rehabilitación para personas vulnerables.
Que de conformidad con el artículo 2º del Decreto Distrital 241 de 2008, el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", en sesión del día 3 de agosto de 2011, emitió concepto favorable para otorgar la Mención Cívica "Amor por Bogotá" al Padre JESÚS ANTONIO RAMÍREZ GIRALDO.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
Otórgase la Mención Cívica "Amor por Bogotá", al Padre JESÚS ANTONIO RAMÍREZ GIRALDO, identificado con la cedula de ciudadanía No. 15.322.924 de Yarumal.
Artículo 2°.
La entrega de la condecoración y de copia del presente Decreto en nota de estilo, se hará en ceremonia especial.
Artículo 3°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 8 días del mes de Agosto del año 2011 CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN Alcaldesa Mayor Designada – Gran Maestre MARIELA BARRAGÁN BELTRÁN Secretaria Distrital de Gobierno - Gran Canciller
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