Decreto 196 de 2011
Decreto 196 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 196
- Año
- 2011
- Fecha
- 11 de mayo de 2011
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 196 DE 2011 **DECRETO 196 DE 2011 (Mayo 11) _Por el cual se da cumplimiento a la orden de suspensión del Director General del Instituto de Desarrollo Urbano, formulada por la Contraloría General de la República, se hace un encargo, y se dictan otras disposiciones_ LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (E) En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial la conferida por el numeral 8° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 8° del artículo 268 de la Constitución Política señala como función del Contralor General de la República la de promover ante las autoridades competentes, aportando las pruebas respectivas, investigaciones penales o disciplinarias contra quienes hayan causado perjuicio a los intereses patrimoniales del Estado. La Contraloría, bajo su responsabilidad, podrá exigir, verdad sabida y buena fe guardada, la suspensión inmediata de funcionarios mientras culminan las investigaciones o los respectivos procesos penales o disciplinarios.
Que la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva mediante Auto N° 000912 del 17 de diciembre de 2010, de conformidad con los artículos 40 y 41 de la Ley 610 de 2000, abrió el proceso de responsabilidad Fiscal N° CD000257, con ocasión de presuntas irregularidades en el manejo de recursos públicos administrados por el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU, concretamente en la Construcción y Adecuación de la Fase III del Sistema de Transporte masivo "TRANSMILENlO".
Que en la Resolución 35 del 11 de mayo de 2011, la Contralora General de la República señala que, el Contralor Delegado para el Sector Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional, mediante oficio N° 2011IE27587 del 9 de mayo de 2011, puso en conocimiento de la Delegada para Investigaciones que los servidores públicos, señor Néstor Eugenio Ramírez Cardona y la señora Carmen Elena Lopera Fiesco, han obstaculizado la obtención del material documental e información requerida por el Grupo Auditor que adelanta las actuaciones del Control Fiscal Excepcional sobre los recursos destinados a la adecuación y construcción de la Fase III de "Transmilenio" de la ciudad de Bogotá, hechos por los cuales se adelanta el proceso de Responsabilidad Fiscal N° CD000257.
Que la Contraloría General de la República, mediante comunicación radicada en la Alcaldía Mayor bajo el N° 1-2011-19118 del 11 de mayo de 2011, solicitó a la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. (E), hacer efectiva la suspensión inmediata del señor Néstor Eugenio Ramírez Cardona, Director General del Instituto de Desarrollo Urbano -IDU y de la señora Carmen Elena Lopera Fiesco, Directora Técnica de Construcciones y Subdirectora General de Infraestructura (E).
Que mediante el Decreto 144 de 2010 el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., nombró al doctor Néstor Eugenio Ramírez Cardona, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 10.245.346, en el cargo de Director General de Entidad Descentralizada, Código 050, Grado 07 del Instituto de Desarrollo Urbano.
Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 17 del Acuerdo 19 de 1972 corresponde Director del IDU nombrar y remover el personal de empleados del Instituto. La designación de los Subdirectores y del Secretario será ratificada por la Junta Directiva, lo anterior en concordancia con lo previsto en el inciso 2° del artículo 58 del Decreto Ley 1421 de 1993.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
Hacer efectiva la suspensión inmediata del doctor NÉSTOR EUGENIO RAMÍREZ CARDONA, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 10.245.346, en el cargo de Director General de Entidad Descentralizada, Código 050, Grado 07 del Instituto de Desarrollo Urbano, en cumplimiento de la solicitud formulada por la Contraloría General de la República, mediante comunicación radicada en la Alcaldía Mayor bajo el N° 1-2011-19118 del 11 de mayo de 2011.
Artículo 2.
Encargar, a partir de la expedición del presente Decreto, de las funciones del cargo de Director General de Entidad Descentralizada, Código 050, Grado 07 del Instituto de Desarrollo Urbano, al doctor HÉCTOR JAIME PINILLA ORTÍZ**, identificado con la cédula de ciudadanía N° 10.276.834 de Manizales, actual Subdirector General de Gestión Corporativa del IDU, mientras dure la suspensión del titular.
Artículo 3°.
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3° del artículo 17 del Acuerdo 19 de 1972 y el inciso 2° del artículo 58 del Decreto Ley 1421 de 1993 corresponde al Director del IDU hacer efectiva la orden de suspensión del cargo y funciones de la doctora CARMEN ELENA LOPERA FIESCO, identificada con la cédula de ciudadanía N° 32.656.503, Directora Técnica de Construcciones y Subdirectora General de Infraestructura (E) del mismo Instituto. En consecuencia, ordenar al doctor HÉCTOR JAIME PINILLA ORTÍZ proceder de conformidad, de manera inmediata.
Artículo 4°.
Comunicar el contenido del presente Decreto a la Contraloría General de la República y a la Contraloría Delegada para las Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva.
Artículo 5°.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. **COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de mayo del año 2011. MARÍA FERNANDA CAMPO SAAVEDRA Alcaldesa Mayor (E)
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