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Acuerdo 473 de 2011

Acuerdo 473 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
473
Año
2011
Fecha
30 de agosto de 2011
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 473 DE 2011 (Agosto 30) _Por el cual se establece el programa puntos ecológicos, con el fin de promover la separación en la fuente de los residuos sólidos para su reciclaje, aprovechamiento y disposición final_ El concejo de Bogotá, Distrito Capital En uso de sus atribuciones que le confiere la Constitución Política en su artículo 322 y en lo dispuesto en el artículo 3°, y numeral 1° del artículo 12 del Decreto 1421 de 1993,[Ver Proyecto de Acuerdo 205 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40072)

ACUERDA:

Artículo primero.

- La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos - UAESP, promoverá la vinculación de los centros comerciales, almacenes de cadena, grandes superficies, establecimientos institucionales, educativos, culturales, recreativos y deportivos ubicados en el Distrito Capital, para que instalen puntos ecológicos, con el fin de propiciar la separación en la fuente.

Parágrafo. -** Entiéndase por puntos ecológicos aquellos espacios destinados para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos y del material con potencial de aprovechamiento, donde el usuario deberá realizar la separación de los mismos desde la fuente.

Artículo segundo.

-** La Administración Distrital reglamentará lo concerniente a las características de los recipientes usados y otros elementos en los puntos ecológicos, de acuerdo a las normas técnicas vigentes que regulan la materia.

Artículo tercero.

-** La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos del Distrito Capital – UAESP, realizará acciones afirmativas que permitan la participación prioritaria en la recolección de los residuos sólidos, por parte de las Asociaciones de Recicladores en condiciones de vulnerabilidad, tendientes al mantenimiento y fortalecimiento de la actividad.

Artículo cuarto.

-** Será responsabilidad de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos –UAESP- generar estrategias que incentiven a todos los usuarios de la ciudad a participar del Programa Puntos Ecológicos.

Artículo quinto.

- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE |

MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA | SANDRA MARCELA ROJAS MACÍAS ---|--- Presidenta | Secretaria General CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN Alcaldesa Mayor Designada de Bogotá, D.C.

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