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Decreto 580 de 2012

Decreto 580 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
580
Año
2012
Fecha
21 de diciembre de 2012
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 580 DE 2012 (Diciembre 21) "Por el cual se efectúa una sustitución en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012". EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL, En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto No. [603](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45094#0) del 20 de diciembre de 2011, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2012, el cual fue liquidado según Decreto No. [669](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45214#0) del 29 de diciembre de 2011.

Que de conformidad con el Artículo 64 del Decreto 714 de 1996, Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital podrá sustituir Rentas e Ingresos de acuerdo con el comportamiento real del recaudo.

Que según la ejecución de ingresos a noviembre 30 de 2012 y teniendo en cuenta la proyección del recaudo a diciembre 31 de 2012, realizada por la Dirección de Estadísticas y Estudios Fiscales, es procedente realizar una sustitución en los Ingresos Corrientes, entre los componentes Tributarios – Industria, Comercio y Avisos y los No Tributarios – Multas – Tránsito y Transporte, tal como se detalla en el presente Decreto.

Que el presente Decreto no modifica el valor del Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos para la presente vigencia fiscal.

Que en virtud de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º.

- Sustituir el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos, en la suma de veinticinco mil millones de pesos ($25.000.000.000) moneda corriente, según el siguiente detalle: AUMENTA | 2 | INGRESOS | ---|---|--- 2 1 | INGRESOS CORRIENTES | 25.000.000.000 2 1 1 | TRIBUTARIOS | 25.000.000.000** 2 1 1 02 | Industria, Comercio y Avisos | 25.000.000.000

DISMINUYE

2 | INGRESOS | ---|---|--- 2 1 | INGRESOS CORRIENTES | 25.000.000.000 2 1 2 | NO TRIBUTARIOS | 25.000.000.000 2 1 2 03 | Multas | 25.000.000.000 2 1 2 03 02 | Tránsito y Transporte | 25.000.000.000 ARTÍCULO 2º- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintiún (21) días del mes de diciembre de dos mil doce (2012).

GUSTAVO PETRO URREGO

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

Secretario Distrital de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5032 de diciembre 26 de 2012

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