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Acuerdo 494 de 2012

Acuerdo 494 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.

Tipo
Acuerdo
Número
494
Año
2012
Fecha
25 de septiembre de 2012
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO 494 DE 2012 (Septiembre 25) "POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EN EL DISTRITO CAPITAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C. En uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 12, numeral 1,[Ver Proyecto de Acuerdo 083 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=46501)

ACUERDA:

Artículo primero.

La Administración Distrital promoverá la Responsabilidad Social en el Distrito Capital**. A través de los medios de comunicación y tecnologías de la información de los que disponga, estimulará las buenas prácticas de Responsabilidad Social en el Distrito Capital, en los distintos ámbitos de actuación pública y/o privada, así como a las personas naturales y jurídicas que hayan sido reconocidas ante el Concejo de Bogotá, D.C.

Artículo segundo.

Día de la Responsabilidad Social en el Distrito Capital.** Declárese el primer viernes del mes de Septiembre, como Día de la Responsabilidad Social en el Distrito Capital.

Artículo tercero.

El Concejo de Bogotá, D.C., para el día de la Responsabilidad Social en el Distrito Capital, sesionará conforme al procedimiento vigente para la Corporación, incorporando en la agenda correspondiente la temática de la Responsabilidad Social como un punto en el orden del día.

Artículo cuarto.

Presentación de buenas prácticas de Responsabilidad Social en el Distrito Capital.** En la sesión de que trata el artículo tercero del presente acuerdo, se permitirá que personas naturales y/o personas jurídicas a través de su representante legal, presenten las buenas prácticas que hayan incidido positivamente en el desarrollo de la Responsabilidad Social en el Distrito Capital, como espacio para reflexionar sobre dicha temática.

Parágrafo. Las personas naturales y jurídicas, que deseen presentar sus buenas prácticas de Responsabilidad Social, deberán inscribirse previamente en la Secretaría General del Concejo de Bogotá, para efectos de su intervención en la sesión de que trata el artículo segundo del presente Acuerdo.

Artículo quinto.

Reconocimiento a la Responsabilidad Social en el Distrito Capital.** Las buenas prácticas de Responsabilidad Social que hayan incidido positivamente en el desarrollo del Distrito Capital, de conformidad con sus resultados e impacto social, serán objeto de un público reconocimiento por parte del Concejo de Bogotá, D.C., en la sesión de que trata el artículo tercero del presente Acuerdo, de conformidad con el procedimiento, reglamentación y criterios que se definan para este fin, por parte de la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá, D.C., mediante resolución respectiva.

Artículo sexto.

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE |

DARÍO FERNANDO CEPEDA PEÑA | ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO ---|--- Presidente | Secretaria General ** GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4975 de septiembre 27 de 2012.

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