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Decreto 516 de 2013

Decreto 516 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
516
Año
2013
Fecha
8 de noviembre de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 516 DE 2013 (Noviembre 08) **_Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C_

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los numerales[7°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#315.7)del artículo 315 de la Constitución Política y[9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1507#38.9)del artículo 38 del Decreto Ley[1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1507#1421)de 1993 y,**[Ver Decreto Distrital 202 de 2023.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=142662#0)

CONSIDERANDO:

Que la Planta de Empleos de la Secretaría Distrital de Salud, se encuentra establecida en los Decretos [098](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19741#098) y [396](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19741#396) de 2006, modificada por los Decretos [123](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23567#123) de 2007,[483](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40825#483) de 2010, y [061](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51843#061) de 2013.

Que la Secretaría Distrital. de Salud adelantó un estudio técnico de rediseño organizacional, con el fin de mejorar el funcionamiento administrativo, identificar claramente los procesos y procedimientos que se deben optimizar, definir las necesidades de personal que requiere cada una de las dependencias y su idoneidad, establecer la nueva estructura organizacional teniendo en cuenta las políticas, programas y proyectos que lidera esta Entidad, por lo cual se hace necesario modificar la planta de empleos para ajustarse a los cambios propuestos.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió el concepto técnico favorable mediante oficio N°. 2012 EE 3479 del 19 de diciembre de 2012, referente a la viabilidad para modificar la planta de empleos con la creación de 1.032 cargos para un total de 1.432, y la modificación de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Salud.

Que mediante Decreto [061](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51843#061) de 2013 se modificó parcialmente la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Salud, con la supresión de dos (2) empleos y la creación de uno (1), quedando establecida con 400 empleos en la planta actual; modificando la planta de empleos proyectada en un total de 1.431 empleos.

Que mediante Decreto [436](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=54800#436) del 01 octubre de 2013 la Secretaría Distrital de Hacienda efectuó un traslado presupuestal por valor $3.955.259.000, con el objeto de financiar la primera fase de la modificación de la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Salud, con la creación de doscientos cuarenta y ocho (248) empleos así: | MODIFICACIÓN PLANTA --- NIVEL | RESULTADO CARGAS | PLANTA ACTUAL | 1ERA FASE | 2DA FASE DIRECTIVO | 40 | 16 | 24 | 0 ASESOR | 17 | 5 | 12 | 0 PROFESIONAL | 998 | 229 | 132 | 637 TÉCNICO | 240 | 60 | 53 | 127 ASISTENCIAL | 136 | 90 | 27 | 19 TOTAL | 1,431 | 400 | 248 | 783 Que el Decreto [507](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55363#507) del 06 de noviembre de 2013 modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Salud.

Que con el fin de ajustar los empleos del nivel Directivo y Asesor a la nueva Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Salud, se requiere suprimir y crear veinte (20) empleos de los mencionados niveles, lo cual no implica afectación presupuestal ya que se mantienen los mismos grados salariales existentes.

Que mediante oficio Nr: 2013-E-E-3108 del 23 de octubre de 2013, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable a la primera fase de la Reorganización Institucional de la Secretaría Distrital de Salud, con la creación de doscientos cuarenta y ocho (248) empleos.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda con la comunicación N° 2013EE-241183 de fecha 08 de noviembre de 2013, expidió concepto de viabilidad presupuestal sobre la modificación de la planta de empleos, en el sentido de crear doscientos cuarenta y ocho (248) empleos.

Que la creación de los setecientos ochenta y tres (783) empleos pendientes según resultado del estudio técnico avalado por el Departamento Administrativo del Servicio Civil, se realizará una vez se cuente con la respectiva viabilidad presupuestal por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Modificar la planta de personal de la Secretaría Distrital de Salud, con la supresión de los empleos que se relacionan a continuación:

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE EMPLEOS ---|---|---|--- Subsecretario de Despacho | 045 | 08 | UNO (1) Jefe de Oficina | 006 | 07 | DOS (2) Jefe de Oficina Asesora Comunicaciones | 115 | 07 | UNO (1) Director Técnico | 009 | 07 | TRES (3) Director Operativo | 009 | 07 | CINCO (5) Director Administrativo | 009 | 07 | UNO (1) Director Financiero | 009 | 07 | UNO (1) Subdirector Operativo | 068 | 06 | DOS (2) Asesor | 105 | 05 | TRES (3) Asesor | 105 | 07 | UNO (1) SUBTOTAL | VEINTE (20)

Artículo 2°.

Créense los siguientes empleos así:

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE EMPLEOS | ---|---|---|---|--- NIVEL DIRECTIVO | Subsecretario de Despacho | 045 | 08 | CINCO (5) | Jefe de Oficina | 006 | 07 | DOS (2) | DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE EMPLEOS | Director Administrativo | 009 | 07 | UNO (1) | Director Financiero | 009 | 07 | UNO (1) | Director Operativo | 009 | 07 | OCHO (8) | Director Técnico | 009 | 07 | SEIS (6) | Subdirector Operativo | 068 | 06 | SEIS (6) | Subdirector Técnico | 068 | 06 | DIEZ (10) | TOTAL NIVEL DIRECTIVO | TREINTA Y NUEVE (39) | NIVEL ASESOR | Jefe de Oficina Asesora Jurídica | 115 | 07 | UNO (1) | Jefe de Oficina Asesora Comunicaciones | 115 | 07 | UNO (1) | Asesor | 105 | 07 | CINCO (5) | Asesor | 105 | 06 | CINCO (5) | Asesor | 105 | 05 | CINCO (5) | TOTAL NIVEL ASESOR | DIECISIETE (17) | NIVEL PROFESIONAL | Profesional Especializado | 222 | 32 | UNO (1) | Almacenista General | 215 | 30 | UNO (1) | Tesorero General | 201 | 30 | UNO (1) | Profesional Especializado | 222 | 27 | UNO (1) | Profesional Especializado | 222 | 24 | TREINTA (30) | Profesional Especializado | 222 | 19 | NUEVE (9) | Profesional Universitario | 219 | 16 | CUATRO (4) | Profesional Universitario | 219 | 15 | SIETE (7) | Profesional Universitario | 219 | 13 | CINCO (5) | Profesional Universitario | 219 | 09 | DIECISIETE (17) | Profesional Universitario | 219 | 05 | DIEZ (10) | Profesional Universitario | 219 | 01 | VEINTISIETE (27) | Profesional Especializado Área Salud | 242 | 30 | UNO (1) | DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE EMPLEOS Profesional Especializado Área Salud | 242 | 27 | UNO (1) Profesional Especializado Área Salud | 242 | 24 | CINCO (5) Profesional Universitario Área Salud | 237 | 16 | CUATRO (4) Profesional Universitario Área Salud | 237 | 13 | SEIS (6) Profesional Universitario Área Salud | 237 | 09 | DOS (2) TOTAL NIVEL PROFESIONAL | CIENTO TREINTA Y DOS (132) NIVEL TÉCNICO Técnico Operativo | 314 | 20 | UNO (1) Técnico Operativo | 314 | 18 | DOS (2) Técnico Operativo | 314 | 16 | CINCO (5) Técnico Operativo | 314 | 14 | OCHO (8) Técnico Operativo | 314 | 12 | NUEVE (9) Técnico Operativo | 314 | 10 | SIETE (7) Técnico Área Salud | 323 | 12 | VEINTIUNO (21) TOTAL NIVEL TÉCNICO | CINCUENTA Y TRES (53) NIVEL ASISTENCIAL --- Auxiliar Administrativo | 407 | 25 | TRES (3) ---|---|---|--- Auxiliar Administrativo | 407 | 15 | CINCO (5) Auxiliar Administrativo | 407 | 10 | TRES (3) Auxiliar Área Salud | 412 | 18 | DOS (2) Secretario | 440 | 11 | CATORCE (14) TOTAL NIVEL ASISTENCIAL | VEINTISIETE (27) TOTAL EMPLEOS | DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO (268)

Artículo 3°.

Ajustar las denominaciones y códigos de los siguientes empleos de la planta de la Secretaría Distrital de Salud, conforme al Decreto [785](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127#785) de 2005 y al Acuerdo [199](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#199) de 2005,así:

SITUACIÓN ANTERIOR | SITUACIÓN NUEVA ---|--- DENOMINACIÓN | CÓDIGO | GRADO | DENOMINACIÓN | CÓDIGO | GRADO | Profesional Universitario | 219 | 24 | Profesional Especializado | 222 | 24 | DOS (2) Profesional Universitario | 219 | 19 | Profesional Especializado | 222 | 19 | TRECE (13) Auxiliar Área Salud | 412 | 18 | Auxiliar Administrativo | 407 | 18 | OCHO (8) TOTAL EMPLEOS | VEINTITRES (23)

Artículo 4°.[Derogado por el art. 4°. Decreto 183 de 2020.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=95026#4) Las funciones propias de la Secretaria Distrital de Salud, serán cumplidas por la Planta de Empleos que a continuación se señala:

DESPACHO DEL SECRETARIO --- DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE EMPLEOS NIVEL DIRECTIVO Secretario de Despacho | 020 | 09 | UNO (1) Asesor | 105 | 05 | CINCO (5) Asesor | 105 | 06 | CINCO (5) Asesor | 105 | 07 | CINCO (5) TOTAL PLANTA DE EMPLEOS DEL DESPACHO DEL SECRETARIO | DIECISEIS (16)

PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD --- DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE EMPLEOS NIVEL DIRECTIVO Subsecretario de Despacho | 045 | 08 | CINCO (5) Jefe de Oficina | 006 | 07 | DOS (2) Director Técnico | 009 | 07 | SEIS (6) Director Operativo | 009 | 07 | OCHO (8) Director Administrativo | 009 | 07 | UNO (1) Director Financiero | 009 | 07 | UNO (1) Subdirector Técnico | 068 | 06 | DIEZ (10) PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE EMPLEOS Subdirector Operativo | 068 | 06 | SEIS (6) TOTAL EMPLEOS NIVEL DIRECTIVO | TREINTA Y NUEVE (39) NIVEL ASESOR Jefe de Oficina Asesora Jurídica | 115 | 07 | UNO (1) Jefe de Oficina Asesora Comunicaciones | 115 | 07 | UNO (1) TOTAL EMPLEOS NIVEL ASESOR | DOS (2) NIVEL PROFESIONAL Profesional Especializado | 222 | 32 | CINCO (5) Médico General | 211 | 31 | SIETE (7) Tesorero General | 201 | 30 | UNO (1) Almacenista General | 215 | 30 | UNO (1) Profesional Especializado | 222 | 30 | TREINTA Y DOS (32) Profesional Especializado | 222 | 27 | OCHENTA Y NUEVE (89) Profesional Especializado | 222 | 24 | TREINTA Y DOS (32) Profesional Especializado | 222 | 19 | VEINTIDOS (22) Profesional Universitario | 219 | 16 | CUATRO (4) Profesional Universitario | 219 | 15 | DIECISEIS (16) Profesional Universitario | 219 | 14 | CINCUENTA Y DOS (52) Profesional Universitario | 219 | 13 | VEINTE (20) Profesional Universitario | 219 | 09 | DIEC ISIETE (17) Profesional Universitario | 219 | 05 | DIEZ (10) Profesional Universitario | 219 | 01 | VEINTISIETE (27) Profesional Universitario Área Salud | 237 | 09 | DOS (2) Profesional Universitario Área Salud | 237 | 13 | SEIS (6) Profesional Universitario Área Salud | 237 | 16 | ONCE (11) Profesional Especializado Área Salud | 242 | 24 | CINCO (5) PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE EMPLEOS Profesional Especializado Área Salud | 242 | 27 | UNO (1) Profesional Especializado Área Salud | 242 | 30 | UNO (1) TOTAL EMPLEOS NIVEL PROFESIONAL | TRECIENTOS SESENTA Y UNO (361) NIVEL TÉCNICO Técnico Operativo | 314 | 20 | TRES (3) Técnico Operativo | 314 | 18 | SIETE (7) Técnico Operativo | 314 | 16 | SEIS (6) Técnico Operativo | 314 | 15 | DOS (2) Técnico Operativo | 314 | 14 | DOCE (12) Técnico Operativo | 314 | 13 | UNO (1) Técnico Operativo | 314 | 12 | DIEZ (10) Técnico Operativo | 314 | 10 | NUEVE (9) Técnico Operativo | 314 | 09 | CUARENTA Y DOS (42) Técnico Área Salud | 323 | 12 | VEINTIUNO (21) TOTAL EMPLEOS NIVEL TÉCNICO | CIENTO TRECE (113) NIVEL ASISTENCIAL Auxiliar Administrativo | 407 | 25 | CUATRO (4) Auxiliar Administrativo | 407 | 18 | OCHO (8) Auxiliar Administrativo | 407 | 17 | UNO (1) Auxiliar Administrativo | 407 | 15 | SIETE (7) Auxiliar Administrativo | 407 | 14 | UNO (1) Auxiliar Administrativo | 407 | 12 | CUATRO (4) Auxiliar Administrativo | 407 | 11 | ONCE (11) Auxiliar Administrativo | 407 | 10 | CUATRO (4) Auxiliar Área Salud | 412 | 18 | DOS (2) Auxiliar Área Salud | 412 | 12 | OCHO (8) PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE EMPLEOS Auxiliar de Servicios Generales | 470 | 09 | UNO (1) Auxiliar de Servicios Generales | 470 | 08 | UNO (1) Auxiliar de Servicios Generales | 470 | 04 | DOS (2) Secretario Ejecutivo | 425 | 27 | TRES (3) Secretario Ejecutivo | 425 | 24 | CUATRO (4) Secretario Ejecutivo | 425 | 23 | NUEVE (9) Secretario | 440 | 17 | DOCE (12) Secretario | 440 | 11 | DIECISEIS (16) Conductor | 480 | 11 | DIECINUEVE (19) TOTAL EMPLEOS NIVEL ASISTENCIAL | CIENTO DIECISIETE (117) TOTAL PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS | SEISCIENTOS TREINTA Y DOS (632) TOTAL PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD | SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO (648)

Artículo 5°.

A los funcionarios que se les ajustaron las denominaciones, conforme al Decreto [785](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127#785) de 2005 y al Acuerdo [199](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=18568#199) de 2005, no se les exigirán requisitos distintos a los ya acreditados por tratarse del mismo empleo con igual responsabilidad, nivel jerárquico y grado salarial.

Artículo 6° Para los empleos reportados en la Oferta Pública de Empleos de Carrera Administrativa (OPEC - CNSC) dentro de la convocatoria 001 de 2005, y los nombramientos en periodo de prueba, se mantendrán vigentes las denominaciones, códigos y grados salariales exigidos inicialmente y con los cuales fueron ofertados.

Artículo 7°.

Los cargos de carrera administrativa vacantes de la planta de personal, a que se refiere el Artículo 2° del presente Decreto, se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones vigentes sobre la materia

Artículo 8°.

[Modificado por el art. 2, Decreto Distrital 529 de 2013](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=55591#2). El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en lo pertinente los Decretos [098](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=19741#0) y [396](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=21710#0) de 2006, y los Decretos modificatorios [123](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23567#0) de 2007 y [483](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40825#0) de 2010, y las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de noviembre del año 2013

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

Alcalde Mayor de Bogotá D.C. (E)

ALDO ENRIQUE CADENA ROJAS

Secretario Secretaría Distrital de Salud

ALEJANDRO HERRERA LOZANO

Secretario Distrital de Hacienda (E)

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

Director Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

** NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5236 de noviembre 08 de 2013.

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