Decreto 198 de 2013
Decreto 198 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 198
- Año
- 2013
- Fecha
- 10 de mayo de 2013
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 198 DE 2013
(Mayo 10)
_Por medio del cual se corrige la Plancha No. 3 de 3 del Decreto Distrital 368 de 2008 reglamentario de la Unidad de Planeamiento Zonal No. 24 NIZA, ubicada en la Localidad de Suba_
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el numeral 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y por el artículo 426 del Decreto Distrital 190 de 2004, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 426 del Decreto Distrital 190 de 2004, dispone que _“(...) La ficha normativa es un instrumento de carácter reglamentario, adoptado por Decreto del Alcalde Mayor, mediante el cual se establecen las normas urbanísticas para determinados sectores de la ciudad donde coinciden un tratamiento urbanístico con un área de actividad”._ __ Que mediante Decreto Distrital 175 de 2006, se adoptó la reglamentación de la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) No. 24, NIZA, ubicada en la Localidad de Suba, según disposiciones establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial, la cual fue modificada mediante Decreto Distrital 368 de 2008 en cuanto a la reglamentación de los Sectores Normativos 12, 15, 19 y la incorporación del sector normativo No. 27 al tratamiento de Renovación Urbana.
Que la nota No. 9 de las notas específicas de la plancha 3 de 3 _“Edificabilidad Permitida”_ relacionada con el sector normativo 19, Conservación de Sectores de Interés Cultural, con vivienda en serie, señala _“Según lo contemplado e el ti”_, encontrándose incompleta por un error de digitación.
Que la Dirección de Patrimonio y Renovación Urbana de la Secretaría Distrital de Planeación, mediante memorando No. 3-2012-10629 determinó el contenido total de la nota, señalando que: _“El texto completo de la Nota No. 9 de la plancha No. 3 de 3 del Decreto Distrital 368 del 30 de octubre de 2008, reglamentario de la UPZ No. 24 Niza “EDIFICABILIDAD PERMITIDA”, deber ser el siguiente:“NOTA 9: Según lo contemplado por el tipo original del respectivo inmueble”.”_ Que de acuerdo con lo anterior, se requiere corregir la Nota 9 de la Plancha 3 de 3 _“Edificabilidad Permitida”_ del Decreto Distrital 368 de 2008 _“Por el cual se modifica el Decreto Distrital 175 de mayo 31 de 2006 (Unidad de Planeamiento Zonal No. 24 NIZA) en cuanto a la reglamentación de los Sectores Normativos 12, 15, 19 y la incorporación del sector normativo No. 27 al tratamiento de Renovación Urbana”._ En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
- Corregir la Nota 9 de la plancha No. [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33410#4.3) de 3 _“Edificabilidad Permitida”,_ del Decreto Distrital 368 de 2008 reglamentario de la UPZ No. 24 Niza, la cual queda así: _“NOTA 9:_**_Según lo contemplado por el tipo original del respectivo inmueble”._
Artículo 2°.
-** Ordenar a la Dirección de Información, Cartografía y Estadística de la Secretaría Distrital de Planeación realizar la corrección a la que se refiere el artículo primero del presente Decreto, tanto en el formato físico como en la Base de Datos Geográfica Corporativa de la Secretaría Distrital de Planeación.
Artículo 3°.
-** Las demás disposiciones del Decreto Distrital [368](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33410#0) de 2008, continúan vigentes.
Artículo 4°.
-** El presente decreto rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Además, deberá ser publicado en la Gaceta de Urbanismo y Construcción de Obra, de conformidad con el artículo [462](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13935#462) del Decreto Distrital 190 de 2004.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá. D.C., a los 10 días del mes de mayo del año 2013.
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
GERARDO IGNACIO ARDILA CALDERÓN
Secretario Distrital de Planeación
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