Decreto 185 de 2013
Decreto 185 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 185
- Año
- 2013
- Fecha
- 2 de mayo de 2013
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 185 DE 2013 (Mayo 2) _Por el cual se crean unos empleos temporales en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Planeación_ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral[7°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#315.7)del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral[9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1507#38.9)del artículo 38 del Decreto-Ley[1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1507#1421)de 1993 y el artículo 21 de la Ley[909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#909)de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#909) de 2004,_“Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”_, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades y organismos que conforman la Administración Distrital.
Que el artículo 21 de la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#909) de 2004, establece que los organismos y entidades de la administración pública a los cuales es aplicable esta ley, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para el desarrollo de programas o proyectos de duración determinada en los procesos misionales y de apoyo.
Que la Secretaría Distrital de Planeación, requiere la creación de una planta temporal con ochenta (80) empleos para garantizar la continuidad en la prestación de los servicios institucionales, así como el logro de los objetivos y metas contempladas en los planes institucionales y en el Plan de Desarrollo _“Bogotá Humana”,_ el cual contempla siete (7) proyectos de inversión, ubicados en los Proyectos: • Proyecto 802 - Planificación urbanística e instrumentos de gestión territorial para contribuir en la reducción de la segregación socio-espacial en Bogotá; • Proyecto 803 - Planificación urbanística e instrumentos de gestión territorial para contribuir en la adaptación al cambio climático en Bogotá D.C.; • Proyecto 535 - Consolidación de la información estratégica e integral para la planeación de Distrito; • Proyecto 796 - Estudios y modelaciones económicas para la estructuración de proyectos urbanos; • Proyecto 805 - Formulación de las intervenciones urbanas para la organización sostenible del territorio; • Proyecto 717 - Coordinación de la Política Pública de garantía de Derechos de las Personas Lesbianas, Gays, Transgeneristas, y otras identidades de género y orientaciones sexuales; • Proyecto 311 - Calidad y Fortalecimiento Institucional.
Que el Departamento Administrativo de Servicio Civil Distrital, mediante oficio número 2013-EE-510 del 15 de marzo de 2013, emitió concepto técnico favorable para la creación de ochenta (80) empleos temporales, de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 6° del Acuerdo 199 de 2005.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante oficio número 2013-EE-68293 del 10 de abril de 2013, expidió la correspondiente viabilidad presupuestal.
Que para los fines del presente Decreto existen tanto la apropiación como la disponibilidad presupuestal que amparan el pago de los salarios y las prestaciones sociales corrspondientes.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1.
- [Modificado por el art. 4, Decreto Distrital 590 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64244#4 ). Créanse en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Planeación hasta el 31 de diciembre de 2015, los siguientes empleos de carácter temporal: | CARGO | CÓDIGO | GRADO | NÚMERO DE CARGOS ---|---|---|--- NIVEL PROFESIONAL Profesional Especializado | 222 | 27 | 3 | (Tres) Profesional Especializado | 222 | 24 | 3 | (Tres) Profesional Especializado | 222 | 20 | 14 | (Catorce) Profesional Universitario | 219 | 18 | 6 | (Seis) Profesional Universitario | 219 | 15 | 2 | (Dos) Profesional Universitario | 219 | 13 | 1 | (Uno) Profesional Universitario | 219 | 8 | 7 | (Siete) Profesional Universitario | 219 | 1 | 5 | (Cinco) TOTAL NIVEL PROFESIONAL | | 41 | (Cuarenta y uno) NIVEL TÉCNICO Técnico Operativo | 314 | 17 | 2 | (Dos) Técnico Operativo | 314 | 12 | 6 | (Seis) TOTAL NIVEL TÉCNICO | | | 8 | (Ocho) NIVEL ASISTENCIAL Auxiliar Administrativo | 407 | 27 | 1 | (Uno) Auxiliar Administrativo | 407 | 19 | 8 | (Ocho) Auxiliar Administrativo | 407 | 16 | 9 | (Nueve) Auxiliar | 407 | 13 | 13 | (Trece) TOTAL NIVEL ASISTENCIAL | | 31 | (Treinta y Uno) TOTAL PLANTA TEMPORAL | | 80 | (Ochenta)
Artículo 2.
-** Los empleos temporales a los cuales se refiere el artículo anterior deberán encaminarse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a su creación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#0) de 2004 y el Decreto Nacional [1227](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16313#0) de 2005, y las demás disposiciones que les modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 3.
-** La provisión de los empleos de carácter temporal se efectuará de conformidad con lo ordenado en los artículos [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16313#3) y [4°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16313#4) del Decreto Nacional 1227 de 2005.
Artículo 4.
-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá. D.C., a los 2 días del mes de mayo del año 2013.
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
RICARDO BONILLA GONZÁLEZ
Secretario Distrital de Hacienda
GERARDO IGNACIO ARDILA CALDERÓN
Secretario Distrital de Planeación
CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA
Director Departamento Administrativo del Servicio Civil
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5113 de mayo 06 de 2013
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