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Decreto 061 de 2013

Decreto 61 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
061
Año
2013
Fecha
14 de febrero de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 061 DE 2013

(Febrero 14) “Por medio del cual se modifica parcialmente la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C.”

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que la Planta de Personal de la Secretaría Distrital de Salud, se encuentra establecida en los Decretos 098 y 396 de 2006, modificada por el Decreto 123 de 2007 y por el Decreto 483 de 2010.

Que de acuerdo con la justificación técnica y financiera realizada por la Secretaría Distrital de Salud, se hace necesario modificar parcialmente la planta de personal de dicho organismo, para fortalecer el programa gestión ambiental institucional, bajo los lineamientos de la Resolución 6416 de 2011, con el fin de conservar la Calidad de los procesos teniendo en cuenta la importancia que tiene para el Distrito Capital, la gestión ambiental y la necesidad de orientar sus políticas al más alto nivel.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante comunicación radicada con el No. 2013-E-E-145 del 29 de enero de 2013, dirigida al Secretario Distrital de Salud, emitió concepto técnico favorable para la modificación parcial de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Salud.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda con la comunicación N° 2013EE20710 del 07 de febrero de 2013, expidió concepto de viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Salud. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

Modificar parcialmente la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Salud con la supresión de los siguientes empleos: | DENOMINACION | CODIGO | GRADO | **No. EMPLEOS ---|---|---|--- Asesor | 105 | 05 | Uno (1) Conductor | 480 | 11 | Uno (1)

Artículo 2°.

Modificar parcialmente la planta de cargos de la Secretaría Distrital de Salud con la creación del siguiente empleo:

DENOMINACION | CODIGO | GRADO | No. EMPLEOS ---|---|---|--- DESPACHO DEL SECRETARIO Asesor | 105 | 07 | Uno (1)

Artículo 3º.

Las funciones propias de La Secretaria Distrital de Salud, serán cumplidas por la planta de empleos que a continuación se señala:

DENOMINACIÓN | CODIGO | GRADO | NUMERO DE EMPLEOS ---|---|---|--- DESPACHO DEL SECRETARIO Secretario de Despacho | 020 | 09 | UNO (1) Asesor | 105 | 07 | UNO (1) Asesor | 105 | 05 | TRES (3) PLANTA GLOBAL Subsecretario de Despacho | 045 | 08 | UNO (1) Jefe de Oficina | 006 | 07 | DOS (2) Director Administrativo | 009 | 07 | UNO (1) Director Financiero | 009 | 07 | UNO (1) Director Técnico | 009 | 07 | TRES (3) Director Operativo | 009 | 07 | CINCO (5) Subdirector Operativo | 068 | 06 | DOS (2) Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones | 115 | 07 | UNO (1) Profesional Especializado | 222 | 32 | CUATRO (4) Médico General | 211 | 31 | SIETE (7) Profesional Especializado | 222 | 30 | TREINTA Y DOS (32) Profesional Especializado | 222 | 27 | OCHENTA Y OCHO (88) Profesional Universitario | 219 | 24 | DOS (2) Profesional Universitario | 219 | 19 | TRECE (13) Profesional Universitario Área Salud | 237 | 16 | SIETE (7) Profesional Universitario | 219 | 15 | NUEVE (9) Profesional Universitario | 219 | 14 | CINCUENTA Y DOS (52) Profesional Universitario | 219 | 13 | QUINCE (15) Técnico Operativo | 314 | 20 | DOS (2) Técnico Operativo | 314 | 18 | CINCO (5) Técnico Operativo | 314 | 16 | UNO (1) Técnico Operativo | 314 | 15 | DOS (2) Técnico Operativo | 314 | 14 | CUATRO (4) Técnico Operativo | 314 | 13 | UNO (1) Técnico Operativo | 314 | 12 | UNO (1) Técnico Operativo | 314 | 10 | DOS (2) Técnico Operativo | 314 | 09 | CUARENTA Y DOS (42) Auxiliar Administrativo | 407 | 25 | UNO (1) Auxiliar Administrativo | 407 | 17 | UNO (1) Auxiliar Administrativo | 407 | 15 | DOS (2) Auxiliar Administrativo | 407 | 14 | UNO (1) Auxiliar Administrativo | 407 | 12 | CUATRO (4) Auxiliar Administrativo | 407 | 11 | ONCE (11) Auxiliar Administrativo | 407 | 10 | UNO (1) Auxiliar Área Salud | 412 | 18 | OCHO (8) Auxiliar Área Salud | 412 | 12 | OCHO (8) Secretario Ejecutivo | 425 | 27 | TRES (3) Secretario Ejecutivo | 425 | 24 | CUATRO (4) Secretario Ejecutivo | 425 | 23 | NUEVE (9) Secretario | 440 | 17 | DOCE (12) Secretario | 440 | 11 | DOS (2) Auxiliar de Servicios Generales | 470 | 09 | UNO (1) Auxiliar de Servicios Generales | 470 | 08 | UNO (1) Auxiliar de Servicios Generales | 470 | 04 | DOS(2) Conductor | 480 | 11 | DIECINUEVE (19) TOTAL PLANTA DE EMPLEOS CUATROCIENTOS (400)

Artículo 4.

El Presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de febrero de dos mil trece (2013).

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

Alcalde Mayor

JOSÉ ALEJANDRO HERRERA LOZANO

Secretario Distrital de Hacienda (E.)

GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTÍNEZ

Secretario Distrital de Salud

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

Director Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5066 de febrero 18 de 2013.

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