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Decreto 637 de 2014

Decreto 637 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
637
Año
2014
Fecha
31 de diciembre de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 637 DE 2014

(Diciembre 31)

[Derogado por el art. 3, Decreto Distrital 267 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62274#3)

"Por medio del cual el Alcalde Mayor delega su participación en la Junta Directiva del Hospital Santa Clara III Nivel Empresa Social del Estado."**

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (E)

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 40 y el inciso 3 del artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 70 de la Ley 1438 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso 3 del artículo [56](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1507#56) del Decreto Ley 1421 de 1993 establece _"En todo caso también hará parte de las Juntas el Alcalde Mayor, quien lo presidirá o su delegado. "_ Que el artículo 70 de la Ley [1438](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41355#0) de 2011 señala que la Junta Directiva de las Empresas Sociales del Estado del Nivel Territorial de I Nivel de complejidad, estará integrada, entre otros por el Jefe de la Administración Distrital o su delegado, quien la presidirá.

Que el numeral 1 del artículo 8 del Decreto [1876](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3356#0) de 1994 establece como requisitos para los representantes del estamento político-administrativo, miembros de las Juntas Directivas de las Empresas Sociales del Estado, cuando no actúe el Jefe de la entidad territorial, los siguientes: a) Título Profesional; b) No hallarse incursos en ninguna de las inhabilidades o incompatibilidades contempladas en la ley; c) Poseer experiencia mínima de dos años en la Administración de Entidades Públicas o privadas en cargos de nivel directivo, asesor o ejecutivo.

Que mediante el Decreto Distrital [268](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53451#0) de 2013 se delegó la participación del Alcalde Mayor en la Junta Directiva del Hospital Santa Clara III nivel, en el Doctor Marco Antonio Machado Blandón; sin embargo, dado que dicho servidor ya no se encuentra vinculado a la Secretaría Distrital de Hacienda, se hace necesario delegar a otro funcionario como miembro de la precitada Junta Directiva.

Que una vez verificados los requisitos establecidos anteriormente, la Doctora Ana Carolina Palanca Ordoñez cumple con las exigencias legales para ser delegada como miembro de la Junta Directiva del Hospital Santa Clara III Nivel Empresa Social del Estado.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.- Delegar la participación del señor Alcalde Mayor en la Junta Directiva del Hospital Santa Clara III Nivel Empresa Social del Estado, en la Doctora Ana Carolina Polanco Ordoñez con Cédula de Ciudadanía No: 52.415.026 de Bogotá, Asesora de Despacho de la Secretaría Distrital de Hacienda, quien la presidirá. Artículo 2°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto Distrital [268](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53451#0) de 2013. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de diciembre del año 2014

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

Alcalde Mayor (E)

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