Jurismart

Decreto 463 de 2014

Decreto 463 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
463
Año
2014
Fecha
17 de octubre de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 463 DE 2014 (Octubre 17) "Por medio del cual se efectúa una designación provisional para el ejercicio del cargo deI/la Curador/a Urbano/a No. 4 de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 103 del Decreto Nacional 1469 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que en concordancia con el artículo [101](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=339#101) de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=8610#9) de la Ley 810 de 2003, y el artículo [80](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39477#80) del Decreto 1469 de 2010, los curadores urbanos serán designados por el alcalde municipal o distrital, previo concurso de méritos, para períodos individuales de cinco (5) años y podrán ser designados nuevamente para el desempeño de esta función pública, previa evaluación de su desempeño y participación en el concurso de méritos.

Que mediante el Decreto Distrital [396](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43798#0) del 24 de agosto de 2011, la arquitecta PATRICIA RENTERÍA SALAZAR, fue designada como Curadora Urbana No. 4 de Bogotá, cargo del cual tomó posesión el 18 de octubre de 2011, según consta en Folios 0294 del Libro 08 de Actas de Posesión de la Secretaría Distrital de Planeación, con fecha de efectividad a partir del 18 de octubre de 2011, para un periodo individual de cinco (5) años.

Que en la fecha se comunicó el fallecimiento de la arquitecta PATRICIA RENTERÍA SALAZAR, Curadora Urbana No. 4 de Bogotá, constituyéndose una de las faltas absolutas previstas en el numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39477#102.4) del artículo 102 del Decreto Nacional 1469 de 2010.

Que en caso de faltas absolutas el artículo [103](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39477#103) del Decreto Nacional 1469 de 2010, señala que el alcalde designará su reemplazo por un nuevo periodo individual al candidato de la lista de elegibles vigente; es así que, si esta ha perdido vigencia la misma norma prevé que se deberá convocar a un nuevo concurso dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de presentarse la causal y mientras se surte el concurso.

Que la lista de elegibles del Concurso Público de Méritos SDP-CU-002-2011, fue publicada en las carteleras de la Alcaldía Mayor de Bogotá el 2 de agosto de 2011 por el término de 5 días.

Que mediante el Decreto Distrital 396 del 24 de agosto de 2011, se señaló el orden de elegibilidad para la designación de curadores urbanos 1 y 4 y se designó entre otros la Curadora Urbana N° 4 de Bogotá, D.C.

Que a la fecha han trascurrido más de dos años de la elaboración, firmeza y uso de la lista de elegibles; por lo tanto la misma no se encuentra vigente.

Que la Secretaría Distrital de Planeación solicitó a la Comisión de Veeduría de las Curadurías Urbanas certificar los integrantes que cumplan las mismas calidades exigidas para ser designado/a provisionalmente como Curador Urbano, del grupo interdisciplinario especializado actual de la Curaduría Urbana N° 4 del Distrito Capital.

Que mediante comunicación 2-2014-68137, el Secretario técnico de la Comisión de Veeduría de las Curadurías Urbanas, certificó los integrantes del grupo interdisciplinario especializado actual de la Curaduría Urbana N° 4 del Distrito Capital, entre ellos la Arquitecta OIga Lucia López Medina, identificada con cédula de ciudadanía 35.497.540 de Bogotá, D.C., precisando que posee las calidades exigidas para ser designada provisionalmente como Curadora Urbana del Distrito Capital; adicionalmente la mencionada arquitecta ha venido ejerciendo como curadora encargada por la falta temporal de la Curadora Urbana N° 4 del Bogotá, según el Decreto Distrita1376 de 2014.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1

°.- Designar provisionalmente a la arquitecta OLGA LUCIA LÓPEZ MEDINA, identificada con la cédula de ciudadanía 35.497.540 de Bogotá, D.C., como Curadora Urbana N° 4 del Bogotá, D.C., hasta tanto se provea de manera definitiva el citado cargo como resultado del concurso de méritos que adelante la Secretaría Distrital de Planeación. Artículo 2°.- La Secretaría Distrital de Planeación dará posesión a la citada Curadora Urbana, designada provisionalmente, previa verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en el parágrafo del artículo [92](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39477#92) del Decreto Nacional 1469 de 2010. Artículo 3°.- Mientras se posesionan la citada curadora, se entenderán suspendidos los términos para resolver las solicitudes de licencia y demás actuaciones que se encuentren en trámite en la respectiva Curaduría, de acuerdo con el artículo [103](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39477#103) del Decreto Nacional 1469 de 2010. Artículo 4°.

- La Secretaría Distrital de Planeación remitirá copia del presente Decreto y de la respectiva acta de posesión al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de posesión de la Curadora Urbana, de conformidad con el artículo 92 del Decreto Nacional 1469 de 2010. **Artículo 5°.

- La Secretaría Distrital de Planeación enviará copia del presente Decreto y de la respectiva acta de posesión a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para que las mismas reposen en la correspondiente hoja de vida de la Curadora Urbana, y a la Secretaría Distrital del Hábitat para lo de su competencia. Artículo 6°. - El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 1 7 días del mes de octubre del año 2014. GUSTAVO PETRO U. Alcalde Mayor MAURICIO KATZ GARCÍA Secretario Distrital de Planeación (E)**

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar