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Decreto 457 de 2014

Decreto 457 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Decreto
Número
457
Año
2014
Fecha
16 de octubre de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 457 DE 2014 (Octubre 16) "Por medio del cual se adicionan recursos al capítulo presupuestal independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2013 - 2014" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 1530 de 2012 y el artículo 59 del Decreto Nacional 1949 de 2012, y el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Legislativo [05](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43391#0), _"Por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos_[ _360_](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#360) _y[361](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#361)_ _de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones",_ el cual fue reglamentado por la Ley [1530](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47474#0) de 2012 "Por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías" la cual establece en el Título V, el Régimen Presupuestal del Sistema.

Que el Decreto Nacional 1949 de septiembre 19 de 2012, en el artículo [44](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49580#44), establece respecto a la incorporación de los recursos del Sistema General de Regalías: _"Mediante Acto Administrativo del jefe del órgano del Sistema o entidad pública designada como ejecutora de proyecto por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, y mediante Decreto del Gobernador o Alcalde para las entidades territoriales que reciban recursos de funcionamiento del Sistema y designadas como ejecutoras de proyectos por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías._ _Dicha incorporación se adelantará en un capítulo independiente del presupuesto del respectivo órgano o entidad, una vez se asignen los recursos con cargo al porcentaje destinado para el funcionamiento del Sistema y cuando se acepte la designación como ejecutor de proyecto, designación que será adelantada por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión._ _Los ingresos y gastos incorporados en el capítulo independiente del presupuesto de cada órgano o entidad tendrán para todos los efectos fiscales, una vigencia igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías._ _El proceso de afectación de las apropiaciones incorporadas en los presupuestos de las entidades con base en el inciso anterior, será el que corresponda al régimen presupuestal de la respectiva entidad, salvo en lo relacionado con la vigencia de las apropiaciones que será igual a la del Presupuesto Bienal del Sistema General de Regalías. "_ Que el 26 de Abril de 2013, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., expidió el Decreto número [182](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52973#0) de 2013 _, "Por medio del cual se crea el capítulo presupuestal del Sistema General de Regalías de Bogotá D._ C. _independiente del Presupuesto Anual del D._ C. _y se incorporan recursos del Sistema General de Regalías para el Bienio del_ 1 _o de enero de 2013 al_ 31 _de diciembre de 2014_ ", el cual en el artículo 1o crea en Bogotá D.C. el capítulo presupuestal del Sistema General de Regalías independiente del Presupuesto Anual del D. C., compuesto por un presupuesto de ingresos y otro de gastos.

Que mediante el Acuerdo Número 011 de 2013, el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) del Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías viabilizó, priorizó, aprobó y designó, como ejecutor a Bogotá, D.C. del proyecto denominado: "Desarrollo de competencias tecnológicas en Bogotá, para su transferencia a los sectores de medicamentos, cosméticos y afines". código BPIN 2013000100192, con regalías por valor de cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000) M/CTE. de los cuales corresponden $3.295.000.000 para el bienio 20132014 y $1.705.000.000 para el bienio 2015-2016.

Que mediante Decreto Número [354](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59280#0) del 27 de agosto de 2014 "Por medio del cual se delega en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico la ejecución del proyecto "Desarrollo de competencias tecnológicas en Bogotá, para su transferencia a los sectores de medicamentos, cosméticos y afines", aprobado por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías", el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., delegó a la Secretaría Distrita1 de Desarrollo Económico la ejecución de los recursos a cargo del Sistema General de Regalías para la ejecución del proyecto "Desarrollo de competencias tecnológicas en Bogotá, para su transferencia a los sectores de medicamentos, cosméticos y afines".

Que por lo anterior, se hace necesario adicionar estos recursos al capítulo presupuestal independiente del Sistema General de Regalías del bienio 2013-2014, en el marco del régimen presupuestal de este Sistema. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°.

- Adicionar al capítulo independiente del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 2013-2014, la suma de TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($3.295.000.000) conforme al siguiente detalle: ADICIÓN INGRESOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2013-2014 ADMISTRACIÓN CENTRAL | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 8 | INGRESOS | 8-2 | Recursos Fondos | 3.295.000.000 8-2-2 | Fondo Ciencia y Tecnología | 3.295.000.000 | Total Adición Presupuesto de Ingresos Sistema General de Regalías | 3.295.000.000**

Artículo 2°.

- Adicionar al capítulo independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2013-2014, la suma de TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y Cl N CO MILLONES DE PESOS M/CTE ($3.295.000.000)** conforme al siguiente detalle:

ADICIÓN GASTOS SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS BIENIO 2013-2014

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

117 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | VALOR ---|---|--- 9 | GASTOS | 9-1 | Inversión | 9-1-1 | Directa | 3.295.000.000 9-1-1-14 | Bogotá Humana | 3.295.000.000 9-1-1-14-01 | Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | 3.295.000.000 9-1-1-14-01-11 | Ciencia, tecnología e innovación para avanzar en el desarrollo de la ciudad | 3.295.000.000 9-1-1-14-01-11-02 | Fondo de Ciencia Tecnología e Innovación | 3.295.000.000 9-1-1-14-01-11-02- 2013000100192 | Desarrollo de competencias tecnológicas en Bogotá, para su transferencia a los sectores de medicamentos, cosméticos y afines | 3.295.000.000 | Total Adición Presupuesto de Gastos Sistema General de Regalías | 3.295.000.000

Artículo 3°.

- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C, a los 16 días del mes de octubre del año 2014

GUSTAVO PETRO U.

Alcalde Mayor

RICARDO BONILLA GONZÁLEZ

Secretario Distrital de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5455 de octubre 21 de 2014

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