Decreto 445 de 2014
Decreto 445 de 2014 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Decreto
- Número
- 445
- Año
- 2014
- Fecha
- 15 de octubre de 2014
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 445 DE 2014 (Octubre 15)[Derogado y compilado por el Decreto Único Sectorial 647 de 2025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191867#283) _Por medio del cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Integración Social_ EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política, el numeral 9° del artículo 38 y el inciso segundo del artículo 55 del Decreto-Ley 1421 de 1993, y,[Ver Decreto Distrital 508 de 2022](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129658) y [113 de 2023.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=139317)
CONSIDERANDO:
Que a partir de la territorialización de la política y con el fin de garantizar una efectiva gestión social y administrativa, se hace necesario fortalecer las acciones institucionales en materia de Talento Humano al interior de la Secretaría Distrital de Integración Social, mediante la redefinición de la estructura, competencias y funciones asignadas a algunas dependencias de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Que mediante Decreto [607](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28146#0) de 2007 se determinó el objeto, estructura organizacional y funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Que mediante Decreto [149](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=46794#0) de 2012 cambió la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Integración Social, al ser modificado el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28146#0) del Decreto Distrital 607 de 2007.
Que con fundamento en los principios que rigen la función pública, especialmente los de eficacia, eficiencia y economía, es necesario modificar los Decreto 607 de 2007 y 149 de 2012, con el fin de separar el área de Talento Humano de la Subdirección Administrativa y Financiera para constituirla en una dependencia de tercer Nivel Jerárquico dentro de la organización, dependiente de la Dirección de Gestión Corporativa, encargada de alinear la gestión del talento humano de forma estratégica para brindar soluciones efectivas a la entidad.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASD, emitió concepto técnico favorable para la modificación del Decreto 607 de 2007 y del Decreto 149 de 2012 mediante comunicación 2013EE1117 de 28 de mayo de 2013.
Que en igual sentido, el DASD emitió concepto favorable para la modificación de la denominación de la dependencia, suprimiendo el cargo de Asesor código 105 grado 05 y creando el cargo de Subdirector Técnico Código 068 grado 05, mediante radicado 2014EE1716 del 14 de agosto de 2014. En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.
- [Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 587 de 2017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=72616#1). Modificar el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28146#3) del Decreto 607, el cual quedará así: “ _Artículo 3°. Estructura Interna._ _Para el desarrollo de su objeto, la Secretaría Distrital de Integración Social tendrá la siguiente estructura interna:_ _SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL_ _1. Despacho del Secretario_ _1.1. Oficina Asesora Jurídica_ _1.2. Oficina Asesora de Comunicaciones_ _1.3. Oficina de Control Interno_ _1.4. Oficina de Asuntos Disciplinarios_ _SUBSECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL_ _DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA_ _3.1.. Subdirección de Contratación_ _3.2. Subdirección Administrativa y Financiera_ _3.3. Subdirección de Plantas Físicas_ _3.4. Subdirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano_ _DIRECCIÓN DE ANÁLISIS Y DISEÑO ESTRATÉGICO_ _4.1. Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización_ _4.2. Subdirección de Investigación e Información_ _DIRECCIÓN TERRITORIAL_ _5.1. Subdirección de Gestión Integral Local_ _5.2. Subdirección para la Identificación, Caracterización e Integración_ _5.3. Subdirecciones Locales para la Integración Social_ _5.4. Subdirección para Asuntos LGBT_ _DIRECCIÓN POBLACIONAL**_ _6.1. Subdirección para la Infancia_ _6.2. Subdirección para la Juventud_ _6.3. Subdirección para la Adultez._ _6.4. Subdirección para la Vejez_ _6.5. Subdirección para la Familia”
Artículo 2°.
- Adicionar un artículo al Decreto Distrital 607 de 2007, con las funciones de la Subdirección de Desarrollo Humano, que corresponderá al Artículo [13B](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28146#13B) del siguiente Tenor: Artículo 13B. Subdirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano.** Son funciones de la Subdirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano, las siguientes: a) Dirigir el proceso de gestión y desarrollo del talento humano, para garantizar la efectiva prestación de los servicios misionales y administrativos y el cumplimiento de los objetivos institucionales. b) Dirigir, administrar y evaluar periódicamente la política de gestión y desarrollo del talento humano en cada uno de sus componentes a través de los planes y programas en materia de bienestar social, incentivos, Plan Institucional de Capacitación (PIC), seguridad y salud en el trabajo, prepensionados, prevención y manejo del conflicto, evaluación del desempeño, inducción y reinducción, clima organizacional y plan anual de vacantes. c) Dirigir la elaboración de los planes estratégicos de recursos humanos, información que será utilizada para la planeación del recurso humano y la formulación de políticas en materia de gestión y desarrollo de talento Humano. d) Dirigir y definir los procedimientos para la liquidación de la nómina de servidores públicos, relación de novedades de personal, sueldos, prestaciones sociales y demás factores salariales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. e) Dirigir y adelantar los estudios para la elaboración de proyectos de creación, actualización, modificación o adición del manual de funciones y de requisitos ó plantas de personal, rediseño organizacional y/o reestructuración administrativa, así como, realizar los análisis ocupacionales y de cargas de trabajo requeridos y velar por el cumplimiento de lo dispuesto en las normas que regulen la materia. f) Proyectar y presentar los proyectos de actos administrativos de las diferentes situaciones administrativas de los servidores públicos a las instancias competentes. g) Dar aplicación y cumplimiento a las sanciones de carácter disciplinario o administrativo que resulten de los procesos contra los servidores. h) Actualizar permanentemente la información con destino a las historias laborales de los servidores públicos de la entidad. i) Organizar y administrar el registro sistematizado de información de los(as) servidores(as) públicos(as) activos y retirados de la entidad, para facilitar la formulación de planes, programas y proyectos y la toma de decisiones en materia gestión integral del talento humano. j) Las demás que le asignen las leyes, los acuerdos, los decretos y actos de delegación.
Artículo 3°.
- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente los Decreto [607](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28146#0) de 2007 y [149](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=46794#0) de 2012 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de octubre d el año 2014. GUSTAVO PETRO URREGO Alcalde Mayor JORGE ENRIQUE ROJAS RODRÍGUEZ Secretario Distrital de Integración Social CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA Director Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
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